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Cofavic exige investigación independiente en caso de Oscar Pérez por violación de DDHH

Cofavic exige investigación independiente en caso de Oscar Pérez por violación de DDHH

Las ejecuciones extrajudiciales, la tortura, tratos crueles inhumanos y degradantes y la desaparición forzada de personas son crímenes de lesa humanidad

Nota de Prensa

La Ong defensora de los Derechos Humanos ante las irregularidades evidenciadas durante el operativo de seguridad desplegada contra el ex inspector Oscar Pérez y su grupo que derivo en la muerte de estos, exige una investigación independiente.

Comunicado completo:

El Estado está obligado a respetar y garantizar los derechos humanos de todas las personas sin distinciones, incluso, en las situaciones más excepcionales

COFAVIC ve con grave preocupación los últimos acontecimientos que han ocurrido en el kilómetro 16 de El Junquito, Municipio Libertador en el Área Metropolitana de Caracas, donde según la información oficial pública disponible, resultaron asesinadas y heridas varias personas. COFAVIC considera que los referidos hechos deben aclararse de manera independiente, inmediata y conclusiva, conforme al debido proceso, dado que los derechos humanos son una obligación ineludible e intransferible del Estado que no puede estar supeditada al tipo de delito que se enfrenta.

Los delitos más graves, como el terrorismo o el narcotráfico, en un Estado democrático, deben reducirse en el marco del respeto y la garantía de los derechos humanos porque esos elementos configuran una distinción clara entre la violencia que ejercen los particulares y el terrorismo de Estado.

De acuerdo con el Ministro del Poder Popular para las Relaciones de Interior, Justicia y Paz, en el procedimiento “fueron abatidas siete personas, entre las que figura el ex-inspector del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas (CICPC), Oscar Pérez”.

El mismo ente oficial informó que el día 15 de enero de 2018 fue desmantelado un peligroso grupo terrorista luego de un enfrentamiento con las fuerzas de seguridad y mantenimiento de la paz de la República.

Según el Derecho Internacional las ejecuciones extrajudiciales se derivan de una acción intencional para privar arbitrariamente la vida de una o más personas, por parte de los agentes del Estado o bien de particulares bajo su orden, complicidad o aquiescencia. La Ejecución Extrajudicial se considera un acto deliberado, ilegítimo y con participación gubernamental.

Las ejecuciones extrajudiciales, la tortura, tratos crueles inhumanos y degradantes y la desaparición forzada de personas configuran, dentro del Derecho Internacional, crímenes de lesa humanidad, imprescriptibles. Tanto las ejecuciones extrajudiciales como la desaparición forzada constituyen una violación múltiple y continuada de varios derechos reconocidos, pues no sólo produce una privación arbitraria de la libertad y la vida, sino violan la integridad, la seguridad personal y el debido proceso, colocando a las personas afectadas en un estado de completa indefensión y acarreando otros delitos conexos.

En Venezuela, en el periodo de enero de 2012 a marzo de 2017, según la data independiente recopilada por COFAVIC, han ocurrido 6385 casos de presuntas ejecuciones extrajudiciales. Para las víctimas y sus comunidades la mayoría de los procedimientos desarrollados por organismos de seguridad del Estado han representado experiencias traumáticas por la actuación desproporcionada, la crueldad con la que se desarrollan y el sistemático desamparo institucional sufrido. Según los datos que ha registrado COFAVIC, en los últimos años, un 49% de los casos de presuntas ejecuciones extrajudiciales se han dado en el marco de operativos especiales. Por cada caso existe un promedio de 32 presuntos funcionarios o más actuantes y en el caso del número de víctimas el promedio es de 8 personas por hecho.  Muchas familias, incluyendo menores de edad y mujeres de edad avanzada, han sido testigos de las detenciones arbitrarias, las torturas y la violencia ejercida por los cuerpos de seguridad en contra de sus familiares y sobre ellos mismos al intentar intervenir o solicitar información.

Entre los patrones de actuación identificados en los operativos de seguridad realizados por presuntos cuerpos de seguridad del Estado o grupos civiles armados con aquiescencia de estos en zonas con alta presencia militar y policial, destacan la irrupción ilegal y violenta a las viviendas y propiedad privada, destrucción de bienes, enseres y fuentes de sustento económico para estas familias. Asimismo, el posterior hostigamiento policial y militar en las zonas ha generado en los sobrevivientes un terror extremo y miedo a la denuncia, a reunirse y a expresar sus necesidades, demandas y expectativas.

COFAVIC solicita llevar a cabo una investigación inmediata, independiente, exhaustiva, efectiva e imparcial en torno a los hechos recientemente ocurridos, con el fin de establecer las responsabilidades que sean pertinentes.

También, abogamos por la utilización de estándares internacionales para documentar los presuntos crímenes (art 23 de la CRBV): Con base en el Manual sobre la Prevención e Investigación Efectiva de Ejecuciones Extrajudiciales, Arbitrarias y Sumarias de Naciones Unidas.

Garantizar que los órganos policiales y los organismos de seguridad ciudadana tengan un carácter estrictamente civil y profesional en todos sus niveles jerárquicos con clara diferenciación tanto institucional como conceptual, de la labor de prevención delictiva y de la investigación criminal.

Una vez más, instamos firmemente al Estado venezolano a revisar a fondo los procedimientos especiales de seguridad ciudadana, como la Operación Liberación del Pueblo (OLP), la actuación del Comando Nacional Anti Extorsión y Secuestro (CONAS) y la actuación de las Fuerzas Especiales de la Policía Nacional Bolivariana (FAES), que se están desarrollando y que han dejado un saldo tan lamentable de presuntas violaciones de derechos humanos especialmente en zonas populares.

Por último, es de suma importancia implementar medidas institucionales, incluyendo el reconocimiento público por parte del Presidente de la República y otros altos funcionarios militares y policiales que indiquen, sin equívocos de forma expresa y clara, el rechazo absoluto de los crímenes cometidos durante operativos de seguridad ciudadana y su voluntad determinante de cooperar con el esclarecimiento de los mismos y el establecimiento de las responsabilidades pertinentes.

 

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