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Gobierno nacional delega en los Consejos Comunales La
Ley Orgánica de Protección al Niño, Niña y Adolescente

Gobierno nacional delega en los Consejos Comunales La Ley Orgánica de Protección al Niño, Niña y Adolescente

Consejos comunales son delegados para Ley de Protección del niño, niña y adolescente

Consejos comunales son delegados para Ley de Protección del niño, niña y adolescente

Desde que crearon los Consejos Comunales, tal figura ha fracasado, vulnerables a corrupción y tráfico de influencias, a pesar de estos antecedentes “el Estado traslada sus responsabilidad a los Consejos Comunales”

Caracas. Evely Orta

El gobierno mediante Gaceta especial número 6.185 realizó una serie de reformas en materia penal y administrativa de la Ley Orgánica de Protección al Niño Niña y Adolescente donde destaca la incorporación de los concejos comunales como integrantes del denominado “Sistema Penal de Responsabilidad de los y las Adolescentes”.

Desde que crearon los Consejos Comunales, tal figura ha fracasado, vulnerables a corrupción y tráfico de influencias, a pesar de estos antecedentes “el Estado traslada sus responsabilidad a los Consejos Comunales” y los hace cargo de crear “programas de prevención y medidas no privativas de libertad”, según reza el artículo 527-A de la Ley.

Esta medida fue calificada como inconsulta por el especialista Carlos Trapani, abogado en temas de derechos del niño, de la organización civil Centros Comunitarios de Aprendizaje (Cecodap).

Trapani destacó que los consejos comunales no han recibido una formación específica para tratar esos temas por lo que se pregunta: “¿los consejos comunales conocen sus nuevas atribuciones en el sistema penal de adolescentes?”.

La Red por los Derechos Humanos de los Niños, Niñas y Adolescentes (REDHNNA) menos radical expresó, a través de un comunicado dirigido a la Defensoría del Pueblo, que si bien los Consejos Comunales y otras organizaciones sociales pueden apoyar a  la meta social de pacificación  de  las  comunidades  afectadas por  la  violencia  delincuencial “su aporte puede ser especialmente provechoso en el desarrollo de actividades preventivas y en el seguimiento  a  situaciones  debidamente atendidas y controladas por los órganos  y  programas especializados”.

Por tal razón sugieren al Estado, la necesidad de crear un “plan nacional para la   protección   integral   de   la   niñez   y   la   adolescencia  afectada   por situaciones de violencia,  que incluya entre sus metas prioritarias la de reducir la muerte y las lesiones a la integridad personal  de niños y adolescentes”.

Sin embargo señalan que “el  Estado está  obligado  a  invertir,  con  prioridad  absoluta,  los    recursos    necesarios  para esta meta  social tan demandada  como impostergable”.

Trapani señaló que el 22 de enero de 2015 más de 100 organizaciones se reunieron con la Defensoría para comenzar una serie de discusiones que permitieran realizar cambios a la Ley “luego de esa fecha hubo dos encuentros más donde le hicimos ver al Defensor del Pueblo que no existe una data real de los niños que se encuentran bajo medidas de privación, o cual es la conducción jurídica de los casos, cuántos son los presupuestos y el personal encargado desde las instancias del Estado”. Luego de eso sale sorpresivamente en Gaceta Oficial las reformas sin haber culminado las discusiones correspondientes.

Trapiani explicó que además el Estado “no acató” las recomendaciones del Comité sobre Derechos del Niño de las Naciones Unidas sobre el sistema penal de adolescentes en Venezuela, donde exigieron poner énfasis en que las condiciones de reclusión se ajusten a las normas internacionales de educación y salud.

Otra de las medidas dadas a conocer en el instrumento legal fue el aumento de las penas y la edad de imputabilidad, situación que a juicio del abogado “genera un problema práctico. El incremento de penas para adolescentes debe ir acompañadas de otras medidas que garanticen sus eficacia”.

El jurista indicó que es un hecho real el aumento de la violencia donde están involucrados menores, pero ante ese problema solo se establece incrementos de la pena sin contar con centros especializados. “El país no ha contado ni cuenta con centros especiales para estos casos”.

“No hay desánimo al delito por aumento de penas. Violencia y delito se alimenta de impunidad. El énfasis del Estado debe ser evitar la impunidad, así sea un adolescente que cometa un delito”.

Agregó que el Estado no mantiene políticas públicas dirigidas a prevenir la delincuencia juvenil en el país. “El reto es disminuir factores de riesgos que llevan al adolescente a cometer delito”, sentenció.

Uno de los vacíos en la reforma penal de la LOPNNA es la “indefinición” en la rectoría del Estado en relación al Sistema Penal para los adolescentes.

En el documento se enumeran una serie de instituciones que participarían activamente en los procesos penales que involucren a menores, sin especificar quien establece las reglas a seguir en dichas actuaciones.

El especialista sostuvo que la LOPNNA original “si sanciona al adolescente que comete delito, solo que nunca se cumplió su contenido”. Y Agregó que “las autoridades llamadas a aclarar dudas y precisar detalles no lo hacen. Una evidencia de improvisación”.

 
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