El gobierno mueve sus piezas para restarle poder a la AN
El gobierno no está dispuesto a buscar la reconciliación nacional por el contrario todas las acciones del presidente Nicolás Maduro y de la Asamblea Nacional saliente están orientadas a desconocer los resultados electorales del 6D
Con información de NTN24
El gobierno de Nicolás Maduro no termina de asimilar la derrota sufrida el pasado 6 dediciembre, que le dio una victoria inédita a la oposición con la mayoría calificada en la Asamblea Nacional.
La Asamblea Nacional (AN), conquistada por el bloque opositor en al menos un 65%, posee las siguientes funciones: dictar o modificar leyes, promover iniciativas que velen el cumplimiento de la Constitución Nacional, ejercer contraloría gubernamental sobre la administración pública, entre otras.
Sin embargo, entre los escenarios que está planteado, el presidente Nicolás Maduro podría solicitar, antes de la investidura de la mayoría opositora, una extensión o reedición de sus poderes especiales habilitantes que le permiten legislar sin intervención de la AN.
Maduro podría forzar esta estrategia antes del 5 de enero, cuando se instala la nueva AN.
Otro escenario sería que el Presidente de la República podría disolver la Asamblea Nacional mediante el artículo 236 de la Constitución Nacional, se lee:
"Son atribuciones y obligaciones del Presidente o Presidenta de la República: (numeral 21). Disolver la Asamblea Nacional en el supuesto establecido en esta Constitución".
En un tercer escenario es que el presidente podría promover una enmienda o reforma constitucional en consejo de ministros, de acuerdo con el artículo 341 de la Constitución Nacional, numeral 1.
El primer mandatario no podría, en este caso, alterar la estructura fundamental de la Constitución y no necesita previa aprobación de la AN para promover las enmiendas.
Pero lo que si ya iniciaron fue crear la figura del Poder Comunal, un instrumento legal con fuerza de Ley Orgánica que contempla formas de autogobierno en miras a un estado comunal. Le da un peso preponderante al "interés colectivo" por encima del interés individual.
Toda organización comunitaria, comunidad organizada, instancias del Poder Popular, personas naturales y jurídicas están sometidas a la aplicación de dicha Ley.
El "poder comunal" posee responsabilidades de "planificación del desarrollo social y económico, la formulación de proyectos, la elaboración y ejecución presupuestaria, la administración y gestión de las competencias (…)", de acuerdo a su artículo 6.
La Ley de las Comunas establece la conformación de un Parlamento Comunal "destinado a regular la vida social y comunitaria", (artículo 18) entre otras premisas.
De acuerdo con el reglamento interno de la AN, esta debe rendir cuentas a través de los consejos comunales y comunas (artículo 127) y no al revés.
El Parlamento Comunal y toda la estructura que dicha Ley establece se autoregula y se autofiscaliza.