Sector automotriz y de autopartes se regirán por tasa del SICAD 1

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En Gaceta Oficial número 40.471, de fecha viernes 8 de agosto, se estableció la normativa para la liquidación de divisas para el pago de las importaciones ordinarias de los bienes asociados a los sectores automotriz, carrocero y de autopartes.  laverdad.com / José Alejandro Urdaneta

Estas operaciones se realizarán por el Sistema Complementario de Administración de Divisas (Sicad I).

Esta normativa estipula que las operaciones de adquisición de divisas previstas en el convenio cambiario, cuya liquidación hubiere sido solicitada al Banco Central de Venezuela ante de su entrada en vigencia, se liquidarán con arreglo a lo establecido en Gaceta Oficial N° 40.108.

Redacción

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