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Súmate instó al nuevo ente electoral de Venezuela a mejorar las condiciones para los comicios

Pidió cumplir con la convocatoria y la organización de las elecciones “en concordancia con los períodos constitucionales y legalmente establecidos”

Pidió cumplir con la convocatoria y la organización de las elecciones “en concordancia con los períodos constitucionales y legalmente establecidos”

Con información de EFE

La ONG de Venezuela Súmate instó este miércoles a los nuevos rectores del Consejo Nacional Electoral (CNE), elegidos la semana pasada por el Parlamento, a “garantizar” el ejercicio del derecho al sufragio y mejorar las condiciones para las votaciones, a través del cumplimiento de sus competencias.

“El CNE, como ente rector del Poder Electoral, debe garantizar el ejercicio del derecho al sufragio a todos los venezolanos dentro y fuera del país, para lo cual debe cumplir con las funciones y competencias que le asigna la Constitución y la Ley Orgánica del Poder Electoral (LOPE)”, dijo la organización en un comunicado.

Súmate aseguró que, entre estas tareas con las que deben cumplir los rectores, están “la convocatoria y la organización de las elecciones para los cargos de elección popular en concordancia con los períodos constitucionales y legalmente establecidos”.

Esto, prosiguió, implica la celebración de comicios presidenciales a más tardar en diciembre de 2024; los legislativos, regionales y locales en el segundo semestre de 2025, así como los de “los alcaldes en siete municipios del país” con “falta absoluta” por distintas causas.

Además, insistió en que el CNE debe ocuparse de la “actualización oportuna y correcta del Registro Electoral (RE), en forma permanente e ininterrumpida, con el fin de facilitar los trámites de inscripción y actualización a más de 10 millones de venezolanos dentro y fuera del país”, lo que implica jornadas especiales de inscripción y la activación de centros del RE en sedes diplomáticas de Venezuela en el exterior.

La ONG señaló que los nuevos rectores tienen pendiente también la “aprobación” del reglamento para el voto de los venezolanos en el exterior, que fue presentado hace un año por uno de los miembros de la directiva anterior, así como la actualización de la legislación en materia electoral.

Los nuevos miembros del CNE fueron elegidos entre 104 candidatos, de los que salió el quinteto formado por los chavistas Elvis Amoroso, Rosalba Gil y Carlos Quintero, y los opositores Aime Nogal y Juan del Pino.

Varios opositores cuestionaron la elección del nuevo ente, que se encargará de organizar las elecciones previstas para los próximos siete años y cuya presidencia quedó a cargo de Amoroso, un defensor de la llamada revolución bolivariana que fue diputado con el apoyo del gobernante Partido Socialista Unido de Venezuela (PSUV).

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El CNE tiene más de siete meses sin publicar el registro de votantes

La ONG Súmate aseguró que el CNE “vulnera el derecho que tiene toda persona de acceder a la información y a los datos que sobre sí misma”

La ONG Súmate aseguró que el CNE “vulnera el derecho que tiene toda persona de acceder a la información y a los datos que sobre sí misma”

Con información de EFE

La ONG venezolana Súmate denunció este jueves que el Consejo Nacional Electoral (CNE) de Venezuela tiene “más de siete meses” sin publicar el estatus de los movimientos que incrementan y disminuyen el registro de votantes nacional, cuyo último corte fue actualizado al 30 de septiembre de 2022.

En una nota de prensa, la ONG aseguró que al no publicar esta información, el CNE “vulnera el derecho que tiene toda persona de acceder a la información y a los datos que sobre sí misma (…) en registros oficiales o privados (...), establecido en el artículo 28 de la Constitución”.

“La ausencia de información actualizada del Registro Electoral (RE) impide a los ciudadanos conocer si han sido procesados y aprobados en este lapso de más de siete meses los trámites realizados de inscripción o actualización (...), las solicitudes de corrección de información (...) y los reclamos para el levantamiento de cualquiera de las objeciones que podría haberle impuesto el CNE”, explicó la ONG.

Agregó que al no compartir esta información, la entidad “también incumple con sus deberes legales como ente rector del Poder Electoral de garantizar la oportuna y correcta actualización del registro electoral, en forma permanente e ininterrumpida”, como establece la ley.

Además, Súmate reiteró su preocupación porque, “a la fecha, los rectores del CNE no han dado respuesta a las solicitudes de atender al numeroso contingente de más de 10 millones de venezolanos que no están inscritos o requieren actualizar sus datos de nueva residencia y centro de votación dentro y fuera del país” y les exigió “cumplir con su deber” de facilitar la inscripción y actualización del RE, así como su publicación.

El pasado 26 de abril, esta organización denunció que el CNE cumplió un año de ejercicio con solo cuatro de los cinco rectores principales que deben integrarlo, tras la salida del cargo de la ex rectora Tania D´Amelio, quien el 26 de abril de 2022 pasó a ser magistrada del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ).

(Con información de EFE)

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Súmate exhorta al CNE abrir el Registro Electoral en el exterior

“Ya estamos a menos de 90 días para que finalice el año 2022 y no ha emprendido acciones efectivas para garantizar el cumplimiento de los principios de carácter continuo y eficacia administrativa del Registro Electoral”

“Ya estamos a menos de 90 días para que finalice el año 2022 y no ha emprendido acciones efectivas para garantizar el cumplimiento de los principios de carácter continuo y eficacia administrativa del Registro Electoral”

Redacción

La Asociación Civil Súmate manifestó su preocupación al directorio del Consejo Nacional Electoral (CNE) ante la cercanía de fin de año y considera que no se han emprendido acciones para garantizar la actualización de datos de los electores venezolanos que se encuentran en el exterior.

“Ya estamos a menos de 90 días para que finalice el año 2022 y no ha emprendido acciones efectivas para garantizar el cumplimiento de los principios de carácter continuo y eficacia administrativa del Registro Electoral (RE), previstos en el artículo 28 de la Ley Orgánica de Procesos Electorales (LOPRE); lo cual pudiera afectar de manera irreparable el derecho al voto en las próximas elecciones presidenciales a más de 10 millones de venezolanos mayores de 18 años, que requieren inscribirse o actualizar sus datos de residencia dentro y fuera del país, desde 2022 a 2024″, indicó la asociación civil mediante una carta entregada al ente electoral el pasado miércoles 5 de octubre.

“La Organización Ciudadana argumenta que si actualmente es una odisea para los venezolanos dentro del país inscribirse o actualizar sus datos de nueva residencia, porque deben dirigirse a los Centros del Registro Electoral que funcionan únicamente en las Oficinas Regionales Electorales (ORE), ubicadas en las capitales de los 23 estados y el Distrito Capital; para quienes están en el exterior es una operación imposible, ya que no tienen a dónde acudir, porque los funcionarios diplomáticos de las oficinas y secciones consulares de las embajadas de nuestro país no han recibido instrucciones ni directrices para que abran en las sedes diplomáticas Centros de Inscripción y Actualización del Registro Electoral”, agrega la carta.

Explica también que “actualmente inscribirse o actualizar los datos en el RE dentro del país resulta difícil, sobre todo para quienes viven en sitios lejanos en la propia capital de su estado y para los están residenciados en otros municipios de estas mismas entidades federales. En este particular, indica que hay casos de habitantes de algunas localidades que, por la complejidad geográfica, le exigiría más de un día trasladarse a la capital de sus estados. Ante esta situación, plantea deben acercar el Registro Electoral a los venezolanos, habilitando Centros de Inscripción y Actualización del RE en los 335 municipios del país, ubicándolos en los lugares más poblados y de fácil acceso, evitando favorecer en su localización a intereses de alguna parcialidad política”.

La Asociación Civil reitera que “hasta ahora es imposible inscribirse o actualizar los datos en el RE, lo cual afecta actualmente a más de 4 millones 800 mil venezolanos mayores de 18 años que requieren realizar estos trámites, con el fin de ejercer su derecho al voto en las próximas elecciones presidenciales de 2024. Ante esta realidad, recordó en la correspondencia al directorio del CNE que tiene la facultad constitucional y legal para solicitar la colaboración al Ministerio del Poder Popular para las Relaciones Exteriores, con el fin de que abran Centros del RE en todas las oficinas y secciones consulares en los países en donde tenemos representaciones diplomáticas. También alerta al CNE que esta dependencia del Ejecutivo Nacional está excediéndose en sus funciones, ya que para la inscripción y actualización en el RE exige documentos no previstos en la legislación electoral, como el pasaporte, lo cual se puede corroborar en su sitio web; por lo cual debe indicarle que los únicos documentos que deben presentar los venezolanos para realizar estos trámites es la cédula de identidad, vigente o vencida, acompañada de otro que demuestre la posesión de “residencia o cualquier otro régimen que denote legalidad de permanencia fuera de Venezuela”, de acuerdo con lo previsto en los artículos 29, 124 y 125 de la LOPRE”.

En la comunicación enviada al CNE, Súmate manifiesta “su complacencia ante la propuesta de Reglamento para el Voto en el Exterior presentada al directorio del CNE el pasado 16 de agosto por el rector y vicepresidente del ente rector del Poder Electoral, Enrique Márquez. Cuando ya ha transcurrido más de un mes y 15 días de esta acción, expresa que es tiempo suficiente para que lo hayan debatido y aprobado, ya que su instrumentación requerirá el concurso del Ministerio de Relaciones Exteriores de nuestro país, los países receptores de la migración venezolana y las organizaciones de migrantes que vienen trabajando en este cometido, más el apoyo de organismos hemisféricos entre ellos el de la Organización de Naciones Unidas (ONU)”.

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Súmate exige al CNE garantizar derecho al voto de los venezolanos en el exterior

La organización ciudadana recordó que uno de los principios del Registro Electoral es su carácter continuo que implica que ”todas las personas pueden inscribirse o actualizar sus datos en cualquier momento”

La organización ciudadana recordó que uno de los principios del Registro Electoral es su carácter continuo que implica que ”todas las personas pueden inscribirse o actualizar sus datos en cualquier momento”

Redacción

Cuando faltan cuatro meses para finalizar el año 2022, la asociación civil Súmate reiteró su llamado al directorio del Consejo Nacional Electoral (CNE) para que cumplan con su deber constitucional y legal de “garantizar la oportuna y correcta actualización del Registro Electoral, en forma permanente e ininterrumpida”, con el fin de facilitar el proceso de inscripción y actualización en el Registro Electoral (RE) a más de 4,8 millones de venezolanos en el exterior.

La organización ciudadana recordó que uno de los principios del Registro Electoral es su carácter continuo que implica que ”todas las personas pueden inscribirse o actualizar sus datos en cualquier momento”, establecido en el artículo 28 de la Ley Orgánica de Procesos Electorales (LOPRE).

Súmate denunció que, luego de realizar diversos análisis de las inclusiones y exclusiones del RE en el exterior, es posible demostrar que se viene restringiendo de manera progresiva, o suprimiendo totalmente, el derecho a inscribirse o actualizar datos en el Registro Electoral para votar fuera de Venezuela.

Los datos así lo evidencian, ya que entre 1998 y 2013 se experimentó un crecimiento de 949,5% al pasar de 10.637 a 101.008 electores habilitados para votar en el exterior, pero entre 2013 y 2022 apenas ha aumentado un 6,22% al pasar de 101.008 a 107.295 ciudadanos inscritos en el RE fuera de Venezuela.

La ONG alertó que entre 2019 y 2022 se han inscrito apenas 22 nuevos electores y actualizado sus datos 466 ciudadanos, lo cual, aunado a que la cantidad de exclusiones por fallecimiento es incluso superior a las inclusiones, tiene como consecuencia que se haya verificado una disminución real del RE en el exterior en los últimos 3 años.

A juicio de la organización, esto demuestra que el directorio del CNE y el Ministerio del Poder Popular para las Relaciones Exteriores violan la LOPRE al no garantizar el carácter continuo del Registro Electoral en el exterior, afectando los derechos políticos de millones de ciudadanos y alterando la consistencia del RE dentro de Venezuela, al existir más de 3,5 millones de ciudadanos habilitados para votar dentro del territorio, que se encuentran efectivamente fuera del país.

Frente a ello, Súmate considera que el directorio del CNE debe emprender acciones concretas este mismo año 2022, para que pueda cumplir con su deber de garantizar el derecho al voto a más de 4,8 millones de venezolanos mayores de 18 años en el exterior, que serán más de 5 millones para diciembre de 2024, si se considera la tendencia actual de crecimiento de la migración y los cientos de miles jóvenes en el exterior que cumplirán 18 años hasta el último mes de 2024.

Entre esas acciones, el CNE debe solicitar la colaboración del Servicio Administrativo de Identificación, Migración y Extranjería (SAIME) para garantizar el derecho a la identidad a los millones de venezolanos que viven en el exterior y carecen de este documento, que es el “único documento válido” para los trámites de Inscripción y Actualización en el Registro Electoral, y para ejercer el derecho al voto en las próximas elecciones presidenciales 2024.

En esta misma línea, la ONG alerta que el directorio del CNE debe indicar al Ministerio de Relaciones Exteriores no exigir documentos no contemplados en la legislación electoral mencionada para los trámites de actualización en el RE. La observación planteada surge al constatar que en el portal de esta institución del Ejecutivo Nacional se exige como uno de los requisitos el original y la copia del pasaporte, a pesar de que el único documento de identidad que deben presentar los venezolanos en el exterior para inscribirse, actualizar y votar, es la cédula de identidad, vigente o vencida y un documento que demuestre la posesión de “residencia o cualquier otro régimen que denote legalidad de permanencia fuera de Venezuela”.

Finalmente, Súmate saludó la iniciativa llevada a cabo por el rector del CNE y presidente de la Comisión de Participación Política y Financiamiento, Enrique Márquez, de presentar una normativa para reglamentar el voto en el exterior.

“Cuando ya han transcurrido 15 días de este anuncio y de la acción de entrega de este Reglamento, considera que ya es tiempo suficiente para que el directorio lo haya debatido, por lo cual le exhorta a pronunciarse cuanto antes; ya que su instrumentación requerirá el concurso del Ministerio de Relaciones Exteriores de nuestro país, los países receptores de la migración venezolana, como del apoyo de organizaciones hemisféricas, con experiencia en este tipo de situaciones, entre ellas las Naciones Unidas; más las organizaciones de migrantes que vienen trabajando en este cometido”, concluyó la asociación civil.

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SUMATE denuncia que más de la mitad de los ministerios de Venezuela utilizaron recursos públicos para la campaña que elegirá a los “jefes de comunidad”

La ONG indicó que 18 de las 34 carteras promocionaron al oficialista Partido Socialista Unido para la elección de representantes de este sábado

La ONG indicó que 18 de las 34 carteras promocionaron al oficialista Partido Socialista Unido para la elección de representantes de este sábado

Con información de EFE / Infobae

Súmate denunció que el 52,94 % de los ministerios han usado recursos públicos para promocionar al oficialista Partido Socialista Unido de Venezuela (PSUV) que elegirá a los “jefes de comunidad” este sábado.

“Hoy, 26 de agosto (viernes), 18 de 34 ministerios (52,94 %) utilizaron recursos públicos a favor de una parcialidad política, prohibido por artículos 14 y 75 de nueva Ley contra la Corrupción, al promover por sus (cuentas) Twitter del PSUV para renovar estructura de bases de jefe de comunidad”, escribió la organización en la red social.

Asimismo, indicó que 3 de las 25 alcaldías principales (12 %) de Venezuela, gobernadas por el partido de régimen, promovieron por sus páginas web o redes sociales este evento.

En 5 gobernaciones de 19, además de Caracas, también han hecho campaña para estas elecciones internas.

Los portales web y redes sociales de los medios estatales Venezolana de Televisión (VTV), Radio Nacional de Venezuela (RNV) y YVKE Mundial, también fueron utilizados a favor de una parcialidad política, según la evaluación de Súmate.

El lunes, el primer vicepresidente de la formación, Diosdado Cabello, anunció que los militantes están llamados a participar en una elección para escoger a los jefes de las comunidades y sus respectivos equipos de trabajo, una tarea que recaerá en un grupo de representantes del PSUV y no en toda la militancia.

El lunes pasado, el PSUV escogió a 266.927 líderes de calle en lo que fue el comienzo de un proceso de renovación.

Los llamados jefes de calle tienen responsabilidades de movilización política de las comunidades, especialmente con fines electorales, y se encargan de la entrega de beneficios como las bolsas de comida a bajos precios conocidas como CLAP (Comités Locales de Abastecimiento y Producción).

Cabello remarcó que entre los jefes de calle escogidos hay personas mayores de 80 años y algunos menores de edad, entre ellos adolescentes de 15 y 16 años.

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Súmate urge al CNE reformar actual Ley Orgánica de Procesos Electorales

La organización considera que la “Reforma de la LOPRE” sería una oportunidad para “incorporar que las elecciones sean convocadas seis meses antes de su realización

La organización considera que la “Reforma de la LOPRE” sería una oportunidad para “incorporar que las elecciones sean convocadas seis meses antes de su realización”

Redacción

La Asociación Civil Súmate reiteró al directorio del Consejo Nacional Electoral (CNE) -mediante una carta enviada- reformar la actual Ley Orgánica de Procesos Electorales (LOPRE) para incluir los asuntos que fueron omitidos en la misma, entre ellos la Observación Electoral Nacional e Internacional, el financiamiento de las organizaciones con fines políticos, el régimen de sanciones administrativas severas para los infractores de las estipulaciones que prohíben el adelanto de la campaña electoral y la participación de funcionarios públicos en la contienda electoral, la periodicidad y uniformidad en el ejercicio de los cargos de elección popular.

“El directorio del CNE debe reformar la actual LOPRE para que permita subsanar el vacío legal que ocasionó la derogación el 02 de marzo de 2021 por razones políticas de la Ley de Regularización de los Períodos Constitucionales y Legales de los Poderes Públicos Estadales y Municipales; y los asuntos desincorporados en esta legislación por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) en su sentencia No. 0068-2020 del 5 de junio de 2020, que regulaban los Sistemas de Elección de Cargos Legislativos y de Elección de los Representantes Indígenas”, señala la carta enviada al ente electoral.

La organización considera que la “Reforma de la LOPRE” sería una oportunidad para “incorporar que las elecciones sean convocadas seis meses antes de su realización, acorde con el período de prohibición de modificar la ley electoral durante los seis meses antes del día de la elección previsto en el artículo 298 de la Constitución; y fijar el día en el cual debe realizarse la elección para los cargos de cada Poder Público, de acuerdo con la periodicidad establecida en la Constitución, con el fin de evitar la discrecionalidad de adelantar o retrasar por razones políticas algunos procesos electorales”.(NDP)

A continuación la carta completa:

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Súmate pide al CNE que exija a medios equidad en propaganda

“Los medios de comunicación social públicos y privados darán una cobertura informativa completa y balanceada de las informaciones relacionadas y sin tergiversar la realidad de la campaña”

“Los medios de comunicación social públicos y privados darán una cobertura informativa completa y balanceada de las informaciones relacionadas y sin tergiversar la realidad de la campaña”

Con información de EFE

La ONG de Venezuela Súmate instó al Consejo Nacional Electoral (CNE) a que cumpla con su papel de árbitro garante del cumplimiento de la Constitución y las leyes durante la campaña para los comicios regionales y locales del 21 de noviembre en los medios de comunicación, con el reparto equitativo de tiempo de propaganda e información para los candidatos.

La solicitud de Súmate fue hecha después de que el presidente del CNE, Pedro Calzadilla, reconociera “desequilibrios” en la exposición de candidatos y de propaganda de partidos que transmiten los canales de televisión, y asegurara que llamó la atención a los responsables.

Ante esta situación, Súmate recordó la obligación de cumplir con el artículo 81 de la Ley Orgánica de los Procesos Electorales, que señala que los medios deben dar una cobertura equilibrada y “sin tergiversar la realidad” de la campaña.

“Los medios de comunicación social públicos y privados darán una cobertura informativa completa y balanceada de las informaciones relacionadas y sin tergiversar la realidad de la campaña”, reza la norma recogida en dicho artículo.

Además, añade que “a tal efecto, observarán un riguroso equilibrio en cuanto al tiempo y espacio dedicado a las informaciones relativas a las actividades desarrolladas por los candidatos o las candidatas”.

Ante la desigualdad reconocida por Calzadilla, Súmate recordó que el CNE debe exigir a los directivos de los medios “una cobertura equilibrada y un acceso igualitario a todos los candidatos y partidos que los respaldan durante la campaña electoral” que comenzó el jueves pasado y se prolongará hasta el 18 de noviembre.

En las elecciones del día 21 se elegirán 3.082 cargos en total, distribuidos en 23 gobernadores, 335 alcaldes, 253 legisladores a los Consejos Legislativos y 2.471 concejales. (EFE)

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Súmate: CNE Tuvo una doble conducta en su deber de garantizar el derecho a ser elegido en las elecciones de 2021

Alertamos que la extensión del lapso de “las postulaciones” hasta el 1 de septiembre, solo tendrá validez legal si el directorio del CNE lo hace “mediante resolución debidamente motivada

Alertamos que la extensión del lapso de “las postulaciones” hasta el 1 de septiembre, solo tendrá validez legal si el directorio del CNE lo hace “mediante resolución debidamente motivada

Nota de prensa

Cuando estamos dentro de los tres días de la extensión del período de postulaciones, luego de haber finalizado el lapso inicial de 21 días previsto en el cronograma electoral de las Elecciones Regionales y Municipales 2021, nuestra Asociación Civil Súmate considera necesario pronunciarse ante algunas situaciones irregulares que ha observado en el cumplimiento de la actividad “Presentación, Admisión o Rechazo de Las Postulaciones” a los cargos de Gobernadores y Legisladores Estadales, Alcaldes y Concejales Municipales.

1. La Constitución de la República Bolivariana de Venezuela establece que “Los ciudadanos y ciudadanas, por iniciativa propia, y las asociaciones con fines políticos, tienen derecho a concurrir a los procesos electorales postulando candidatos o candidatas” (Artículo 67). El “Derecho a Ser Elegido” consagrado en el artículo 67 constitucional, ha sido desarrollado por los artículos 43 al 70 de la Ley Orgánica de Procesos Electorales (LOPRE), y 112 al 156 del Reglamento General de la Ley Orgánica de Procesos Electorales (RGLOPRE), y para los cargos municipales por los artículos 82 al 86, 92 al 94 de la Ley Orgánica del Poder Público Municipal (LOPPM); para lo cual se establece como medio de participación el mecanismo de “las postulaciones”.

2. Es obligado recordar que los artículos 67 de la Constitución de la República, 47 de la LOPRE y 135 del RGLOPRE establecen que los medios de participación para ejercer el “Derecho a Ser Elegido”, siendo más específicas las últimas dos disposiciones, son: “1. Las organizaciones con fines políticos. 2. Los grupos de electores y electoras. 3. Los ciudadanos y las ciudadanas por iniciativa propia. 4. Las comunidades u organizaciones indígenas”.

3. El “Derecho a Ser Elegido” se concreta este año 2021 con la elección para renovar los períodos constitucionales y legales de 4 años de los actuales 23 Gobernadores y 335 Alcaldes, quienes fueron elegidos en el último trimestre del 2017, de acuerdo con lo previsto en los artículos 160 y 174 de la Constitución de la República. A la cual también se suma la elección de los cargos a los cuerpos legislativos estadales y municipales (Legisladores Estadales y Concejales Municipales), según decisión del directorio del CNE expresada en la convocatoria de las Elecciones Regionales y Municipales, publicada en la Resolución Nº 210623-0030 del 23 de junio contenida en la Gaceta Electoral Nº 979 el 28 de junio, la cual estuvo acorde con los preceptos constitucionales, porque ambas funciones ejecutiva y legislativa son parte de los mismos poderes públicos mencionados, de acuerdo con lo previsto en los artículos 136, 162 y 175 de la Constitución de la República. Reiteramos nuestra posición en comunicado del 29 de enero de este año, en cuanto a que estas elecciones debieron ser convocadas para realizarlas en fechas diferentes en 2021, ya que son dos ámbitos de poderes públicos con competencias de gobierno diferentes, como también exige un mayor esfuerzo de información a los electores sobre las particularidades de cada tipo de elección, entre ellas los contendientes y el procedimiento para la emisión del voto, procesos que son más complejos y difíciles, en los que todavía no se sabe si se utilizará o no boletas electrónicas diferentes para cada tipo de elección.

4. En esta oportunidad, los electores que a través del mecanismo de “las postulaciones” en las Elecciones Regionales y Municipales del próximo 21 de noviembre, tienen el derecho a postularse ahora hasta el próximo miércoles 1 de septiembre, luego de que el directorio del CNE aprobara el pasado 28 de agosto su extensión por tres días adicionales, para los cargos de 23 Gobernadores y 253 Legisladores a los Consejos Legislativos Estadales, 335 Alcaldes y 2.471 Concejales a Concejos Municipales, siempre y cuando cumplan con los requisitos de elegibilidad y de postulación previstos en la Constitución de la República (Artículos 41 y 65 cargos de elección popular; 160 – Gobernadores; 162 – Legisladores Estadales; 174 – Alcaldes: y 175 – Legisladores Municipales), el RGLOPRE (Artículos 114 – Gobernadores; 113 – Legisladores Estadales; 118 – Alcaldes Municipales; y 119 – Concejales Municipales), y la Ley Orgánica del Poder Público Municipal (Artículos 82 al 86– Alcaldes Municipales; y 92 al 94 – Concejales Municipales). En este particular, observamos que el “Manual de Postulaciones dirigido para Organizaciones con Fines Políticos e Indígena” que publicó el CNE en su sitio Web tiene algunas omisiones que a la fecha sigue sin corregir, no obstante de haberlas comunicado a través de nuestra cuenta twitter @Sumate, entre ellas el requisito indispensable de la nacionalidad por nacimiento para postulados a candidatos a alcaldes en municipios fronterizos, exigido por los artículos 42 de la Constitución, 85 de la LOPPM y 118 del RGLOPRE, y un error en relación con el requisito de años de residencia para los venezolanos por naturalización que se postulen como candidatos a concejales, ya que indica dos períodos diferentes, uno en letra y otro en número que no se corresponden.

5. Alertamos que la extensión del lapso de “las postulaciones” hasta el 1 de septiembre, solo tendrá validez legal si el directorio del CNE lo hace “mediante resolución debidamente motivada, sin afectar las etapas subsiguientes del mismo”, tal como prescribe el artículo 46 de la LOPRE; como también debe actualizarlo en el cronograma electoral publicado en su Web, según lo exigen los artículos 44 de la LOPRE y 111 del RGLOPRE: “Una vez convocada una elección, el Consejo Nacional Electoral sólo podrá modificar el Cronograma Electoral respecto a etapas, actos y actuaciones en los cuales no se afecten los derechos de las personas, así como tampoco, los lapsos de los procedimientos establecidos en la Ley y en el presente Reglamento.” Sin embargo, alertamos que ambos actos administrativos no han sido publicado a la fecha, lo cual afecta su legalidad, y podrían causar daños irreparables a los actores políticos que hagan uso de esta extensión del período de “las postulaciones·, ya que podrían considerarse “como no presentadas” las postulaciones realizadas fuera del lapso inicial de 21 días, previstos en la actividad Nº 39 del actual cronograma, tal como establece el artículo 44 de la LOPRE: “El Cronograma Electoral establecerá los lapsos previstos para las postulaciones. Las postulaciones consignadas fuera del lapso previsto en el Cronograma Electoral, serán extemporáneas y se tendrán como no presentadas.” (Resaltado nuestro).

6. En esta oportunidad las postulaciones para los cargos legislativos estadales y municipales también fueron impactadas por la decisión del directorio del CNE de cambiar el sistema electoral para los cuerpos legislativos estadales y municipales bajo el argumento de cumplir con la decisión contenida en la Sentencia Nº 0068-2020 de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia que ordenó desaplicar los artículos 14 y 15 de la LOPRE para garantizar “el pluralismo político y participación” y el “Equilibrio y la Ponderación recíproca entre el sistema de elección de cargos nominales y el sistema de representación proporcional de cargos de listas”. Esta decisión implica que estos cargos legislativos fueron distribuidos por el CNE para elegirlos de la siguiente forma: “…el 60 por ciento (60%) de los cargos, en aplicación del sistema de representación proporcional, a través de la fórmula proporcional; y el 40 por ciento (40%) de los cargos, bajo el sistema de personalización del sufragio, a través de la fórmula mayoritaria”, de acuerdo con lo previsto en los artículos 4 y 5 de las “Normas Especiales Referidas al Sistema Electoral para las Elecciones de Legisladoras y Legisladores a los Consejos Legislativos de Estados, Concejalas y Concejales de los Concejos Municipales 2021.”

7. Se suma a la complejidad para postular lo previsto por el artículo 153 del RGLOPRE y estipulado como obligatorio en el “Reglamento Especial para Garantizar los Derechos de Participación Paritaria, Alterna y Política de Legisladoras y Legisladores, y Concejalas y Concejales a las Elecciones Regionales y Municipales 2021” publicado en la Gaceta Electoral Nº 980 de fecha 12 de julio de 2021. El nuevo Reglamento establece en su artículo 4 como obligatorio que “Las postulaciones aquí señaladas deberán tener una composición paritaria y alterna, de cincuenta por ciento (50%) para cada sexo. En aquellos casos que no sea posible aplicar la paridad, dicha postulación deberá tener como mínimo el cuarenta por ciento (40%) y como máximo el sesenta por ciento (60%) por cada sexo. Estas fórmulas aplican para las postulaciones de los candidatos principales y suplentes, sean postulaciones bajo la modalidad nominal o lista. Así mismo, la composición paritaria y alterna, no será alterada en los lapsos de modificación o sustitución de las postulaciones ya admitidas.” (Resaltado nuestro).

8. Además de la complejidad del mecanismo de “las postulaciones” para los cargos legislativos estadales y municipales, también advertimos en el “Informe sobre el Cronograma Electoral de las Elecciones Regionales y Municipales 2021” que dentro del lapso establecido para la “Presentación, Admisión o Rechazo de las Postulaciones”, actividad Nº 39 en el actual cronograma, el CNE también incluyó otro grupo de actividades que son subsiguientes a la mencionada, con lo cual solapó e incluso afectó los derechos de los electores que aspiran a postular a los cargos a elegir en los comicios del 21 de noviembre, como son:

o “Presentación de Recursos contra la Admisión o Rechazo de las Postulaciones”, del 9 de agosto al 3 de septiembre (Actividad Nº 40 del cronograma electoral).

o “Publicación del Auto de Admisión de Recursos en contra de las Postulaciones”, también prevista del 9 de agosto al 3 de septiembre de 2021 (Actividad Nº 41 del cronograma electoral).

o “Decisión de los Recursos contra la Admisión o Rechazo de las Postulaciones”, del 10 de agosto al 3 de septiembre (Actividad Nº 42 del cronograma electoral).

o “Subsanación de Recaudos de Postulaciones”, del 11 de agosto al 5 de septiembre (Actividad Nº 43 del cronograma electoral). Aunque este lapso no resulta afectado, la mayoría de los días para su ejecución está dentro del lapso de “las postulaciones”. También observamos que esta actividad debió preverse antes de la presentación de impugnaciones o recursos.

o “Acta de Cierre de Postulaciones” (Actividad Nº 53 del cronograma electoral), prevista para el 3 de septiembre. Ahora resulta impactada ya que la extensión del lapso de “las postulaciones” finaliza ese mismo día, por lo cual el CNE debe cambiar esta fecha, lo cual todavía no ha informado.

9. Es obligado recordar que los artículos 67 de la Constitución de la República, 47 de la LOPRE y 135 del RGLOPRE establecen que los mecanismos de participación para ejercer el “Derecho a Ser Elegido”, específicamente las últimas dos disposiciones, son: “1. Las organizaciones con fines políticos. 2. Los grupos de electores y electoras. 3. Los ciudadanos y las ciudadanas por iniciativa propia. 4. Las comunidades u organizaciones indígenas”.

10. Aunque consideramos positiva cualquier acción que garantice y promueva el derecho a Ser Elegido, tal como prevé el artículo 33, numeral 22, de la Ley Orgánica del Poder Electoral (LOPE), en este caso nos referimos a la decisión del directorio del CNE de extender por 3 días adicionales el período de “las postulaciones”, con fecha de cierre para el 1 de septiembre; sin embargo, cuestionamos el hecho de que no le haya dado esta misma prerrogativa y oportunidad a los electores que habían decidido participar a través de la “Conformación de Grupos de Electores” y por “Los Ciudadanos y las Ciudadanas por Iniciativa Propia.”

o Así lo advertimos y denunciamos en nuestro comunicado del 22 de julio, en el que explicamos que los lapsos para cumplir con los requisitos fueron cortos para ambos medios de postulación, además de que solicitamos fueran consideradas las restricciones de movilización por la pandemia del COVID-19 y la escasez y los problemas de distribución de la gasolina en todo el país. No obstante, no hubo respuesta del CNE ante esta situación restrictiva del “Derecho a Elegir” de los electores a través de estos medios de participación como son “Los Grupos de Electores y Electoras” y “Los Ciudadanos y Ciudadanas por Iniciativa Propia”.

o En el caso de la postulación a través del medio de participación “Los Ciudadanos y las Ciudadanas por Iniciativa Propia” garantizado por la Constitución (Artículo 67), la LOPRE (Artículos 47, 52, 53 y 54) y el RGLOPRE (Artículos 130, 131 y 135); observamos que los electores que habían decididos hacerlo requerían cumplir con la presentación de su nominación y “un respaldo de firmas de electores… equivalentes al cinco por ciento (5%) de… electores inscritos en el Registro Electoral de la circunscripción, según corresponda al ámbito territorial del cargo” (Artículos 53 de la LOPRE y 153 del RGLOPRE), dentro de un lapso para el cual estaban impedidos materialmente para ello. La razón de ello es porque las circunscripciones nominales para los cargos de Legisladores Estadales y Concejales Municipales no estaban definidas para cuando debían presentar sus nominaciones, cuyo lapso estaba establecido del 24 al 25 de junio, ni tampoco para cumplir con la “Consignación de Manifestaciones de Voluntad ante las Oficinas Regionales Electorales respectivas”, lapso que estaba previsto del 26 de junio al 12 de julio, según lo indicado en el “Procedimiento de Recolección y Verificación de Manifestaciones de Voluntad en Apoyo a Candidaturas por Iniciativa Propia” publicado en el portal web del CNE. La prueba de esta violación del derecho de los electores a postularse por el medio de “Los Ciudadanos y las Ciudadanas por Iniciativa Propia”, se puede corroborar en el Cronograma de las Elecciones Regionales y Municipales 2021 publicado en Gaceta Electoral Nº 979 el 28 de junio, en el que el directorio del CNE estableció que del 22 de mayo al 9 de julio se ejecutaría la “Elaboración y conformación de las circunscripciones” (Actividad Nº 3), y del 10 al 12 de julio sería la “Aprobación y publicación de las circunscripciones” (Actividad No. 17).

11. Advertimos que el hecho de que el artículo 43 de la LOPRE establezca que “el procedimiento de las postulaciones será automatizado”, no exime de sus funciones de “Recibir las postulaciones para candidatas o candidatos a Alcaldesas o Alcaldes y Concejalas o Concejales Municipales y según corresponda, declararlas como no presentadas, admitirlas o rechazarlas” a las Juntas Electorales Regionales para los cargos de Gobernadores y Legisladores a los Consejos Legislativos Estadales, y de las Juntas Electorales Municipales para los cargos de Alcaldes y Concejales de Concejos Municipales, tal como lo exigen los artículos 70, numeral 4; 97, numeral 1; 99; numeral 2; 132, numeral 5; 134, numerales 2 y 4; 139 y 141 del RGLOPRE.

o En primer lugar consideramos que las Juntas Electorales Regionales y Municipales deben estar atentas en el cumplimiento de los datos y recaudos exigidos para postularse en el artículo 132 del RGLOPRE, es especial de la “Aceptación de la postulación”, para evitar casos de postulaciones inconsultas que ocurrieron en las cuestionadas elecciones de la Asamblea Nacional del 6 de diciembre de 2020.

o Indicamos que el artículo 139 del RGLOPRE contempla que son las Juntas Electorales, luego de recibida y revisada la documentación requerida por cada postulación, las que “certifican el estado de las postulaciones como presentada o recibida” en el sistema automatizado las postulaciones.

o El artículo 139 del RGLOPRE también establece que las Juntas Electorales están obligadas a publicar en las carteleras físicas donde funcionan: “La admisión, rechazo o declaratoria de no presentación de la postulación se publicará, a los fines legales, en la Cartelera Electoral de la Junta Electoral respectiva, sin perjuicio de que se pueda publicar, a los fines informativos, en el Portal Oficial de Internet del Consejo Nacional Electoral.”

12. Observamos que el CNE no ha cumplido con la obligación de informar a los ciudadanos en general que tienen el derecho a impugnar a los postulados que no cumplen con los requisitos exigidos para su postulación, de acuerdo con lo previsto en el artículo 66 de la LOPRE; sin embargo, el artículo 65 de esta legislación precisa que “podrán interponer recurso contra postulaciones ante el Consejo Nacional Electoral, dentro de los cinco días continuos siguientes a la publicación de la decisión en la cartelera electoral del respectivo organismo electoral…” Sin embargo, realizar este tipo de acción hoy no es fácil ni accesible, por las restricciones que impone la pandemia del COVID-19 y las dificultades de movilización sobre todo fuera del área metropolitana de Caracas, por el racionamiento de la gasolina y las dificultades presentadas con el transporte público. Adicional, rescatamos lo previsto por el artículo 126 del RGLOPRE, que reconoce el derecho a la impugnación antes o después de la elección por parte de cualquier ciudadano de aquellos candidatos (estado o municipio) que incumplan con los requisitos de elegibilidad para los cargos en disputa: “La impugnación de una candidata o candidato por razones de inelegibilidad que se realice antes o con posterioridad a la elección, será tramitada en sede administrativa a través del recurso jerárquico electoral previsto en la Ley Orgánica de Procesos Electorales.”

13. Con el fin de que los ciudadanos puedan ejercer su derecho a la impugnación de aquellos candidatos que incumplan con algunos de los requisitos exigidos para su postulación (Artículo 66 de la LOPRE), el CNE está a tiempo de publicar la lista de los postulados a candidatos a Gobernador y Legisladores Estadales, Alcaldes y Concejales Municipales en su portal Web, además de cada una de las 23 Juntas Regionales y de las 335 Juntas Municipales, tal como se lo exige el artículo 139 del RGLOPRE: “…La admisión, rechazo o declaratoria de no presentación de la postulación se publicará, a los fines legales, en la Cartelera Electoral de la Junta Electoral respectiva, sin perjuicio de que se pueda publicar, a los fines informativos, en el Portal Oficial de Internet del Consejo Nacional Electoral…” (Resaltado nuestro).

14. Alertamos que el artículo 132 del RGLOPRE exige como una de las condiciones para cada postulación de candidato a cargo nominal la consignación del programa de gestión que promete acometer en el período del cargo de elección: “Las interesadas o interesados presentaran las postulaciones a los cargos de elección popular, mediante la consignación por triplicado de la planilla emitida por el sistema automatizado de postulación, con los siguientes datos y recaudos: …7. Programa de gestión por candidata o candidato, en físico y digital, en el formato que determine el Consejo Nacional Electoral mediante resolución especial. En el caso de las postulaciones bajo la modalidad de lista, se presentará un programa de gestión común a la lista de candidatas o candidatos.” (Resaltado nuestro). Además, para el caso de los candidatos a alcaldes, el artículo 86 de la LOPPM establece que “Los candidatos o candidatas a alcalde o alcaldesa deberán someter de manera pública a la consideración de los electores, los lineamientos de su programa de gobierno que presentará al momento de la inscripción de la candidatura para su registro en el organismo electoral respectivo, que lo difundirá a través de su portal electrónico u otro medio idóneo. El Alcalde o Alcaldesa electo o electa, incorporará los lineamientos generales del programa presentado para la gestión, en la propuesta del respectivo plan municipal de desarrollo.” Esta disposición se ha violado abiertamente, ya que el CNE permite la postulación con un plan de gestión genérico por cada organización política sin considerar las realidades particulares de cada entorno político territorial.

Con la doble conducta del directorio del CNE en su obligación constitucional y legal de garantizar el Derecho a Elegir, al extender el período de postulaciones con el fin de "garantizar, facilitar y permitir de la manera más amplia la participación” de las organizaciones con fines políticos, mientras que con los electores que aspiraban a participar a través de los medios de “Conformación de Grupos de Electores” e “Iniciativa Propia” fue restrictivo, impidiendo al final que pudieran participar en las Elecciones Regionales y Municipales 2021; actuó de forma contraria a los principios que rigen su actuación en los procesos electorales como son “democracia, soberanía, responsabilidad social, colaboración, cooperación, confiabilidad, transparencia, imparcialidad, equidad, igualdad, participación popular, celeridad, eficiencia, personalización del sufragio y representación proporcional”, establecidos en los artículos 293 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, 4 de la Ley Orgánica del Poder Electoral (LOPE) y 3 de la Ley Orgánica de Procesos Electorales (LOPRE). (NDP)

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Súmate denuncia que unos 42 mil nuevos electores no aparecen en el Registro Electoral Preliminar

Súmate también indicó que hay discrepancia entre el número de 111 mil electores retirados del Registro Electoral por haber fallecido en lo que va de año

Súmate también indicó que hay discrepancia entre el número de 111 mil electores retirados del Registro Electoral por haber fallecido en lo que va de año

Redacción

Unos 42 mil 363 nuevos electores no aparecen en el Registro Electoral Preliminar aprobado por el directorio del Consejo Nacional Electoral (CNE), según denunció la Asociación Civil Súmate a través de una nota de prensa tras consultar el cuadro estadístico con el corte al 15 de julio, publicado en la Gaceta Electoral Nº 982 de fecha 25 de este mes.

“La exclusión de este numeroso grupo de nuevos electores se puede constatar al cotejar la cifra de nuevas incorporaciones dada a conocer por el rector Alexis Corredor, el pasado 16 de julio, cuando afirmó que “Del total de los movimientos registrados, 431 mil 122 correspondieron a inscripciones de nuevos electores”, con las señaladas en la Resolución Nº 210725-042 del CNE, contenida en la Gaceta Electoral Nº 982, en las que los nuevos inscritos son 388 mil 759 ciudadanos”, reveló la ONG.

Asimismo, detalló que esto representa una disminución de 9,8% del total de inscritos, un número altamente significativo para las elecciones locales que se “pueden determinar por pocos votos”.

Súmate también indicó que hay discrepancia entre el número de 111 mil electores retirados del Registro Electoral por haber fallecido en lo que va de año, señalado por el presidente de la Comisión de Registro Civil y Electoral del Consejo Nacional Electoral (CNE) en la nota de prensa publicada por el CNE en su portal Web el 17 de julio; con el de 58 mil 798 electores retirados por esta misma razón presentado en el cuadro estadístico del corte al 15 de este mes publicado en la Gaceta Electoral Nº 982.

La Asociación Civil añadió que de acuerdo con el análisis realizado y contrastando las cifras presentadas, al menos 27 mil 434 fallecidos podrían aun estar dentro del Registro Electoral; y exhortan al rector Corredor “explicar al país el origen de las inconsistencias en las cifras que se presentaron el pasado 16 de julio”.

Además, la ONG también encontró “inconsistencias entre los electores que cambiaron su dirección de centro de votación y reveló que el rector del CNE, Alexis Corredor, informó el 16 de julio que 824 mil 656 electores cambiaron su dirección de centro de votación, mientras que en el cuadro estadístico con el corte del RE Preliminar al 15 de este mes publicado en la Gaceta Electoral Nº 982 aparecen 830 mil 780 movilizaciones. Esto indica que en este renglón, el número de movimientos por esta razón aumentó en total en 6 mil 124″.

Súmate instó al directorio del CNE a explicar al país las razones de estas inconsistencias y advirtió que incrementan las dudas sobre el sistema electoral.

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SÚMATE: Más de 7 millones de venezolanos requieren actualizar datos e inscribirse en el registro electoral

Se debe reformar la LOPRE para que a los venezolanos en el exterior se les permita inscribirse o actualizarse en el registro electoral solo con la presentación de su cédula de identidad o pasaporte aun vencidos

Se debe reformar la LOPRE para que a los venezolanos en el exterior se les permita inscribirse o actualizarse en el registro electoral solo con la presentación de su cédula de identidad o pasaporte aun vencidos

Nota de prensa

(Caracas, 26 Julio de 2019) - La Asociación Civil Súmate alerta a la opinión pública que a 7 millones 553 mil 440 venezolanos se le podría estar impidiendo el derecho a ejercer su derecho al voto cuando se reestablezca el estado de derecho y tengamos elecciones libres, transparentes y realmente competitivas en Venezuela. La ONG explica que esta cifra, que representa más de un tercio del total de venezolanos con derecho al voto, de acuerdo a la Constitución, se desprende del análisis de las Proyecciones Poblacionales del Instituto Nacional de Estadística (INE), de la Organización Internacional de Migración (OIM) y de la Agencia de la Organización de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR), datos del Consejo Nacional Electoral y cálculos propios estimados a diciembre de 2.019.

Súmate considera que la situación de desactualización del Registro Electoral es crítica, ya que de los cinco millones de migrantes venezolanos en exterior que se proyectan a Diciembre de 2019 en el último reporte del OIM y de ACNUR del 7 de junio de este año, un total de 2 millones 744 mil 798 personas requieren actualizar sus datos, a su vez 914 mil 933 jóvenes mayores de 18 años también en el exterior requieren inscribirse, 2 millones 318 mil 709  ciudadanos no han tenido la oportunidad de inscribirse dentro de Venezuela a pesar de tener la edad para votar y al menos 1 millón 575 mil  personas ya inscritas en el registro requieren actualizar su centro de votación dentro del territorio nacional. Esta situación, representa que a un total de 7 millones 553 mil 440 venezolanos se le debe regularizar su estado en el Registro Electoral para poder ejercer su derecho al voto y constituye un gran riesgo que debe ser atendido con urgencia para lograr elecciones libres, justas y transparentes.

La ONG expone que la situación de desactualización del Registro Electoral se ha tornado crítica como consecuencia de una gestión negligente del Consejo Nacional Electoral al respecto. Aunque la Ley Orgánica de Procesos Electorales (LOPRE) define claramente que el Registro Electoral es de carácter permanente, la estructura dispuesta por el CNE para atender de forma continua y ordinaria las necesidades de los ciudadanos es insuficiente en el territorio nacional, ya que tan solo se dispone un punto de Inscripción y Actualización en las 24 Oficinas Regionales del CNE, las cuales están ubicadas en las capitales de los estados, lo cual es restrictivo para cumplir con su obligación constitucional de garantizar el ejercicio del voto, para lo cual es indispensable la posibilidad de inscripción de unos 400 mil jóvenes que cumplen 18 años cada año 700 mil ciudadanos que cada año requieren actualizar su centro de votación como consecuencia de movimientos migratorios internos; y mucho más insuficiente resulta la estructura consular para garantizar a la creciente diáspora venezolana la posibilidad de actualizar sus datos e inscribirse, para votar en el exterior en las elecciones y consultas refrendarias de ámbito nacional.

Los detalles de la información sistematizada por Súmate:

·       Cifras del Instituto Nacional de Estadística (INE) estiman que para diciembre de 2019 la población de venezolanos en edad de votar será de 23 millones 724 mil 184, lo cual representa que 3 millones 233 mil 641 ciudadanos fuera del Registro Electoral. La proporción poblacional de los ciudadanos en edad de votar respecto a la población total de 32.412.472 estimada a diciembre 2019, es de 73,2%.

·       La Organización Internacional de Migración (OIM) estima la diáspora para diciembre de 2019 en 5 millones de venezolanos, que al aplicarles la proporción poblacional de 73,2% de mayores de 18 años, resulta en un total de 3 millones 659 mil 731 ciudadanos en el exterior en edad de votar.

·       Respecto al total de 3 millones 659 mil 731 ciudadanos en el exterior en edad de votar se estima que el 25% de estos no está inscrito en el Registro Electoral en Venezuela. Esta proporción se estima cercana al doble del rezago de inscripción poblacional (13,6% de la Población en Edad de Votar), pues de acuerdo con datos de la OIM, la composición etaria de la diáspora venezolana es mayoritariamente en el centro de la pirámide poblacional, donde se encuentran básicamente los jóvenes.

·       A su vez, 2 millones 744 mil 798 ciudadanos venezolanos en el exterior que se encuentran inscritos para votar en Venezuela no podrían hacerlo desde su país de residencia actual. Las condiciones para permitir el voto de la diáspora son especialmente críticas pues implicaría habilitar una estructura consular extraordinaria importante en los países de acogida, para atender las necesidades de inscripción y actualización en el Registro Electoral, así como para posteriormente permitir el ejercicio del derecho al voto.

·       Finalmente, de acuerdo con estimaciones de cortes previos del Registro Electoral, históricamente cada año un promedio de 700 mil personas cambian su Centro de Votación en el Registro Electoral. Estimaciones conservadoras consideran este rezago en 350 mil reubicaciones al año, que deben estudiarse entre el año 2015 (último operativo de inscripción y actualización aceptable en cantidad, calidad y duración) y el año 2019, lo cual implica un total de 1 millón 575 mil venezolanos que esperan poder actualizarse en el Registro Electoral, para tener la posibilidad de ejercer su derecho al voto en un centro más cercano a su lugar de residencia actual.

Entre las acciones que Súmate considera necesarias para lograr una actualización del Registro Electoral, que garantice el derecho a elegir a los 7 millones 553 mil 440 venezolanos que lo requieren, se encuentran:  

·       Realizar un amplio operativo especial de inscripción y actualización de los datos de electores, que implicaría durante al menos 2 meses, incluyendo los fines de semana, la habilitación de más de 3.500 puntos de inscripción y actualización en Venezuela, ubicados en los lugares más céntricos, transitados y accesibles de todas las ciudades, municipios y parroquias del país, en un horario corrido que universalice y facilite el acceso a los ciudadanos para el ejercicio de sus derechos políticos.

·       Habilitar sedes consulares accidentales en los países de acogida de la diáspora para acercar a los ciudadanos los mecanismos para su inscripción o actualización en el Registro Electoral, sólo con la presentación de su cédula de identidad aún vencida, como establece la Ley. Esto implica celebrar acuerdos con las autoridades de los países que albergan la mayor cantidad de venezolanos para facilitar estos procesos.

·       Hacer una revisión exhaustiva de los centros de votación creados por el CNE en la última década, para verificar que no obedezcan a criterios o parcialidades políticas y que se cumplan con los requisitos que establece la LOPRE y la tradición electoral para la definición de Centros de Votación que le de confianza a los ciudadanos.

·       Implementar una campaña comunicacional institucional por parte del CNE para: 1) informar ampliamente en radio, televisión, medios impresos y digitales nacionales e internacionales de la ubicación y horario de los puntos de Inscripción y Actualización del Registro Electoral en Venezuela y el Exterior; y 2) motivar la participación e inscripción de los ciudadanos dando garantías sobre el secreto del voto y la transparencia de los datos del Registro Electoral.

De acuerdo con Súmate, es importante reformar la LOPRE para que a los venezolanos en el exterior se les permita inscribirse o actualizarse en el registro electoral solo con la presentación de su cédula de identidad o pasaporte aun vencidos, tomando en cuenta el respeto a los principios constitucionales de participación popular, celeridad, eficiencia, equidad e igualdad y el respeto al derecho a elegir de millones de ciudadanos.

Por último, Súmate hace un llamado a los ciudadanos a verificar su estatus actual en el Registro Electoral y a prepararse para actualizarlo cuando se den las condiciones, para lo cual deben ingresar al sitio web del CNE (www.cne.gob.ve). Anuncia la ONG que en los próximos días lanzará una campaña ciudadana de información y acción para motivar a los ciudadanos en actividades que se puedan hacer desde ya para contribuir con la realización de Elecciones Libres en Venezuela que permitan una salida pacífica y democrática a la grave crisis por la cual atraviesa la República. 

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Súmate: Es ilegal convocar elecciones legislativas sin publicar circunscripciones

La ONG alega que el CNE antes de anunciar el período de postulaciones a legisladores estadales, debió haber definido la distribución de estos cargos

La ONG alega que el CNE antes de anunciar el período de postulaciones a legisladores estadales, debió haber definido la distribución de estos cargos

Nota de prensa

Súmate advierte que la decisión del directorio del Consejo Nacional Electoral (CNE) y de la Junta Nacional Electoral (JNE) de ejecutar las actividades de la postulación de candidatos a Legisladores Estadales, sin antes haber definido la reprogramación del cronograma inicialmente aprobado para el 22 de abril, y que ahora deberá incluir nuevas actividades referidas a los comicios Legislativos Estadales y Concejos Municipales, viola lo dispuesto por los artículos 42 y 44 de la Ley Orgánica de Procesos Electorales (LOPRE), así como los artículos 110 y 111 del Reglamento General de la LOPRE.

La ONG explica que el artículo 42 de la LOPRE estipula que “En el acto de convocatoria, se hará público el Cronograma Electoral del respectivo proceso, el cual contendrá las etapas, actos y actuaciones que deberán ser cumplidos de conformidad con lo previsto en esta Ley.” Ya han transcurrido 12 días desde el pasado 1 de marzo cuando la presidenta del directorio del CNE y de la JNE, rectora Tibisay Lucena, convocó estos comicios para el domingo 20 de mayo. Y el artículo 42 de la LOPRE establece que “Las postulaciones consignadas fuera del lapso previsto en el Cronograma Electoral, serán extemporáneas y se tendrán como no presentadas.”

Súmate también considera ilegal el cronograma de postulaciones de candidaturas para los cargos a Legisladores Estadales publicado por el CNE y la JNE este lunes 12 de marzo, unas horas antes de iniciar esta actividad, la cual está prevista para dos días (13 y 14 de este mes); porque nadie sabe quiénes elaboraron las proyecciones poblacionales utilizadas hasta el 30 del mes de mayo de este año, ni si las mismas cuentan con la aprobación de la Asamblea Nacional, como obliga hacerlo el artículo 11 de la LOPRE; ni cómo fueron definidas las circunscripciones nominales e indígenas, en los estados que aplica para estas últimas.

Alega la ONG que el CNE antes de anunciar el período de postulaciones a Legisladores Estadales, debió haber definido la distribución de estos cargos por circunscripciones nominales, incluyendo las indígenas, y por lista, como también explicar si cambiaron en relación con las últimas Elecciones Regionales del 16 de diciembre de 2012, acorde con el procedimiento establecido para ello en los artículos 11, 12, 14, 15 y fundamentalmente el 19 de la LOPRE.

Súmate expone que el artículo 11 de la LOPRE establece claramente que la población para las diversas circunscripciones la indica “el último censo nacional de población con las variaciones estimadas oficialmente por los organismos competentes, una vez aprobado por la Asamblea Nacional.” El organismo responsable para ello es el Instituto Nacional de Estadística (INE).

Además, el artículo 19 de la misma legislación, en su numeral 4 señala claramente que “Para la conformación de las circunscripciones electorales, se determinará un índice poblacional. A tales fines se establecerá la población general en los estados, Distrito Capital, municipios o ámbito territorial de conformidad con lo establecido en la Ley. Dicha población general se dividirá entre el número de cargos a elegir nominalmente, la cifra resultante será el índice de la población correspondiente.”

La ONG observa que para las Elecciones Regionales del 16 de diciembre de 2012, el CNE definió 237 cargos a diputados para los 23 Consejos Legislativos, 54 por lista, 175 nominales y 8 representantes indígenas, disponiendo de 10 días para la postulación, desde el 01 al 10 de agosto de ese año; mientras que para los actuales comicios de 2018 solo estableció dos días, 13 y 14 de marzo de 2018, lo cual a toda vista es un lapso apresurado y extremadamente corto para el número de cargos y de aspirantes a los mismos.

Por último, Súmate reitera que con este tipo de acciones, que no es nuevo en su desempeño, el directorio del CNE y la JNE se colocan al margen de la Constitución y de las leyes electorales, y demuestran que siguen conculcando el derecho a elegir y ser elegido, a pesar de su reciente declaración de devolver garantías electorales para estos comicios del 20 de mayo.

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Denuncian que el CNE habilitó puntos especiales del RE en ministerios

El CNE incumplió con la habilitación de centros para inscripción y actualización de datos del RE en seis estados del país, indicó Voto Joven

El CNE incumplió con la habilitación de centros para inscripción y actualización de datos del RE en seis estados del país, indicó Voto Joven

Con información de El Nacional

En Aragua, Cojedes, Delta Amacuro, Falcón, Mérida y Yaracuy, el Consejo Nacional Electoral (CNE) incumplió con la habilitación de las 87 máquinas que –de acuerdo con el anuncio del propio ente comicial– estarían desplegadas en esos estados del 10 al 20 de febrero para la inscripción de nuevos votantes y actualización de datos en el Registro Electoral (RE), según un informe de Voto Joven sobre las irregularidades en los operativos del CNE.

Hasta el viernes, cuando se cumplieron los primeros 6 días del proceso, en dichos estados no se había activado ninguna máquina de las asignadas, pese a que el Poder Electoral anunció el despliegue de 531 puntos y de 1.062 operadores para las jornadas especiales del RE.

En esas regiones no ha habido jornadas especiales, afirma la ONG en el informe. Los electores y nuevos votantes que desean hacer los trámites de cara a la elección presidencial fijada para el 22 de abril deben acudir a la Oficina Regional Electoral de su entidad.

Las oficinas regionales electorales se encuentran en las capitales de los estados, explicó Luisana Subero, coordinadora nacional de Voto Joven. Advirtió que el hecho de que el CNE no haya desplegado los puntos prometidos en el resto de los municipios de las seis entidades mencionadas es una violación de los derechos de los nuevos votantes, a quienes, por las condiciones actuales del transporte y la crisis económica, se les dificulta movilizarse hacia las oficinas regionales. La ONG indicó que son alrededor de 1.900.000 ciudadanos con edad de sufragar que están fuera del RE.

Súmate recordó que, según lo estipulado por el artículo 33 de la Ley Orgánica de Procesos Electorales, el CNE debe establecer centros de inscripción y actualización en el RE, con el fin de dar facilidad de acceso a los electores, presencia en los sectores de difícil acceso y/o de mayor concentración poblacional y garantías para todos los sectores de la población.

En las elecciones legislativas de 2015 el CNE colocó 1.538 puntos en lugares con mayor tránsito: universidades, plazas y estaciones de Metro, durante 6 meses antes de la elección. Sin embargo, estas jornadas no se desarrollaron de la misma manera, sino que habilitaron puntos dentro de las instituciones públicas, y limitaron así el acceso a solo los empleados de los entes gubernamentales.

Los trabajadores del Ministerio de Obras Públicas fueron algunos de los que pudieron actualizar los datos o inscribirse en el RE para votar en las venideras elecciones. En su cuenta de Twitter publicaron cuatro fotografías en las que se muestra a los empleados públicos esperando el turno para realizar los trámites. En ese despacho instalaron dos máquinas. Los cuatro operadores del CNE estuvieron acompañados por funcionarios de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana.

“Para garantizar todas las condiciones y la máxima participación en el proceso electoral del 22 de abril, trabajadores del Ministerio de Obras Públicas actualizan sus datos en el registro electoral”, indicaba el tuit publicado el viernes pasado.

Máquinas rodantes

En el municipio Torres del estado Lara los puntos no estuvieron desplegados en lugares públicos ni en instituciones. El CNE realizó el operativo del RE en la sala de las unidades de batalla Bolívar-Chávez, que son controladas por el PSUV, denunció Jesús Guillermo Gómez, responsable del partido Voluntad Popular en ese municipio.

“En 48 horas investigamos hacia dónde movilizaban la máquina. El primer sitio a donde la llevaron fue a la sala de batalla de la UBCH de Las Palmitas, luego a la casa del coordinador de la UBCH”, manifestó.

Voto Joven indicó que entre Vargas, Bolívar y Sucre serían instalados 54 puntos, pero constataron que entre los 3 estados solo fueron desplegadas 11 máquinas y trabajaron de manera itinerante. “Los pocos que se instalaron fueron itinerantes. No hubo una linealidad en la cantidad de puntos que estuvieron abiertos”, señaló Subero.

El viernes, un grupo de nuevos votantes de El Tigre, en Anzoátegui, denunciaron que el CNE movió diariamente los puntos y no informó sobre la nueva ubicación. Las máquinas fueron desplegadas en casas comunales y comunas del PSUV.

Luis Lander, director del Observatorio Electoral Venezolano, señaló que no solo el CNE cambió de ubicación los centros operativos para el RE, sino que estuvieron instalados sin ningún tipo de identificación. Puso como ejemplo uno dispuesto en El Junquito, que se reconoció por un mensaje escrito con marcador en una cartulina.

“El CNE no está haciendo verdaderos esfuerzos para que el elector pueda inscribirse, cambiarse de centro o actualizar sus datos. Mudan los centros de lugar sin avisar a la población. Si alguien está interesado tiene que buscar por toda la ciudad hasta tropezarse con uno”, indicó.

Súmate exigió a la rectora Sandra Oblitas, presidente de la Comisión de Registro Civil y Electoral del CNE, la publicación de la ubicación exacta y los horarios de los puntos de inscripción y actualización de datos del RE.

Manifestaron que con la desinformación que hay el Poder Electoral viola el artículo 33 de la Lopre, que estipula que la ubicación de los lugares debe ser del conocimiento público. En la página oficial del CNE solo se lee la cantidad de máquinas y de operadores por estados, pero no se especifican los sitios.

Incumplimientos

En el informe Voto Joven señala que en Anzoátegui, Guárico, Mérida, Miranda, Monagas y Portuguesa limitaron el derecho de los ciudadanos a realizar los trámites electorales, ya que atendieron entre 70 y 90 personas por días.

La ONG precisó que 80% de los puntos que estuvieron abiertos en todo el país trabajaron con horarios limitados y no abrieron los fines de semana ni en carnaval. Los puntos de Distrito Capital fueron instalados, pero nunca activados, solo se encuentra disponible la oficina de Plaza Venezuela.

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Súmate denunció que CNE no permitió nuevo Registro Electoral

María Eugenia Mola aseguró que la organización prestará ayuda en los comicios municipales a celebrarse el 10-D

María Eugenia Mola aseguró que la organización prestará ayuda en los comicios municipales a celebrarse el 10-D

Nohemí Rondón

La coordinadora de Súmate en el estado Anzoategui, María Eugenia Mola, denunció que el Consejo Nacional Electoral (CNE), es violador de sus propias leyes al convocar procesos de votación con retraso y publicar el cronograma a destiempo.

Dijo además que, debido a los retardos que mantiene el ente, desde la elección de la Asamblea Nacional en 2015, no se permite el Registro Electoral (RE) para los nuevos mayores de edad, es decir, que el 80% de la nueva población adulta no ha podido realizar su inscripción en el CNE lo que les prohíbe participar en los comicios que se han realizado en el país.

"Con estas acciones el CNE y además el Gobierno dejan en evidencia que le temen al voto joven. Se debió abrir el RE para nuevos votantes y no lo hicieron", alegó.

Mola detalló que otra violación clara de los procesos electorales se evidencia con el hecho de que no fueron sorteados nuevos miembros de mesa, "sino que están utilizando los mismos de 2016".

Municipales

Pese a las cantidad de denuncias que han realizado voceros opositores sobre la transparencia del CNE, varios partidos políticos decidieron postular candidatos a las elecciones municipales.

Ante ello, la coordinadora de Súmate destacó que participar en cualquier contienda es decisión del ciudadano al igual que el de sufragar.

Precisó  que al igual que en otros comicios prestaron ayuda para la capacitación de testigos y, además aseveró que tendrán el 10 de diciembre la instalación de puntos para atender denuncias de cualquier eventualidad en la jornada.

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Súmate: Cronograma de elecciones viola la Constitución

La ONG denunció que el CNE violó la Lrpclppem al diferir arbitrariamente la elección de los Concejales Municipales

La ONG denunció que el CNE violó la Lrpclppem al diferir arbitrariamente la elección de los Concejales Municipales

Redacción

Súmate afirma que en el propio cronograma que aprobó y publicó el Consejo Nacional Electoral (CNE), el pasado 4 de noviembre en su portal web www.cne.gob.ve, se pueden constatar las violaciones a la Constitución de la República, la Ley Orgánica de Procesos Electorales (LOPRE) y el Reglamento General de la LOPRE en la convocatoria y organización de las Elecciones de Alcaldes del próximo 10 de diciembre de 2017.

Dentro de las infracciones del CNE a la Constitución, la LOPRE y su Reglamento General,  la ONG destaca las siguientes:

1- Difirió arbitrariamente la elección de los Concejales Municipales. Con la decisión de realizar el próximo 10 de diciembre únicamente los comicios para Alcaldes, dejando en el limbo la renovación de los concejos municipales, a sabiendas de que ambas autoridades son parte del Poder Público Municipal y tienen un mismo período de cuatro años con vencimiento en 2017, por lo cual debió realizarlas de manera conjunta.

Destacó que el CNE violó lo establecido por el artículo 2.2 de la Ley de Regularización de los Períodos Constitucionales y Legales de los Poderes Públicos Estadales y Municipales (LRPCLPPEM) que establece: “…Las elecciones de alcalde o alcaldesa y concejal o concejala de los concejos municipales, distritales y metropolitanos, se convocarán y efectuarán conjuntamente.” También desconocieron lo estipulado en los artículos 42 de la Ley Orgánica de Procesos Electorales (LOPRE) y 4 de la LRPCLPPEM, que exigen realizar las elecciones en concordancia con los períodos constitucionales y legalmente establecidos, y que no se altere la uniformidad de los períodos constitucionales.

2- Publicó el Cronograma siete días después de haber realizado la convocatoria a las Elecciones de Alcaldes y Gobernador del Estado Zulia. El CNE realizó la convocatoria para estos comicios el 27 de octubre, como consta en la nota de prensa de la misma fecha publicada en su portal web (www.cne.gob.ve), en la cual la Presidente del Directorio del organismo electoral, rectora Tibisay Lucena, declaró que: “El Consejo Nacional Electoral (CNE) recibió los decretos constituyentes de la convocatoria para las elecciones de alcaldes y alcaldesas el próximo mes de diciembre y para la elección de gobernadora y gobernador del estado Zulia…”. Sin embargo, fue el sábado 4 de noviembre cuando publicó y se tuvo acceso al cronograma de estos comicios en la página web del CNE. 

Además, se observa que el mismo tiene fecha de aprobación por el directorio el 2 de noviembre en la Resolución Nº 171102-327 contenida en la Gaceta Electoral N° 870 de fecha 3 de noviembre. Esta actuación del CNE de publicar el cronograma siete días después de haber convocado las elecciones de Alcaldes y Gobernador del Zulia contraría de manera expresa lo establecido en el artículo 42 de la LOPRE, según el cual “…En el acto de convocatoria, se hará público el Cronograma Electoral del respectivo proceso…” 

También el ente electoral le asigna dos fechas diferentes a publicación del cronograma, las cuales se pueden apreciar en las actividades 1 y 9 de este instrumento. Asimismo, el artículo 48.1 de la Ley Orgánica del Poder Electoral (LOPE), en el cual el organismo electoral soporta la decisión de publicar el cronograma, no le exime de cumplir con lo dispuesto en el artículo 42 de a LOPRE.

3-Aprobó y publicó el Registro Electoral Preliminar en su sitio web tres días después de haber realizado la convocatoria. No conforme con ello, redujo a dos días el lapso de 15 días establecido en los artículos 36 y 37 de la LOPRE para la solicitud de incorporación e interposición de recursos y pruebas contra el RE Preliminar; y omitió el lapso de cinco días hábiles siguientes a la admisión de la impugnación (artículo 39 de la LOPRE), previsto para la promoción de las pruebas.

4- Generó, aprobó y auditó el Registro Electoral Definitivo en un mismo y único día.. Aunque dentro de las leyes electorales no se establece un lapso para la realización de todas estas actividades, éstas requieren por lo menos dos meses para su ejecución, como ha sucedido en las elecciones realizadas hasta diciembre de 2015.

5- Realizó en un mismo lapso de cinco días continuos las actividades de Presentación de Postulaciones, Subsanación de Recaudos, Admisión y Rechazo; Interposición, Admisión y Decisión de Recursos en contra de Postulaciones; y Cierre de las Postulaciones, como se puede apreciar en las actividades 12, 13, 16, 17, 18, 20 y 21 del cronograma. 

El hecho de que la LOPRE no establece un lapso específico para las postulaciones, no le otorga al CNE la discrecionalidad para que haya decidido acometer las actividades mencionadas de forma simultánea en el lapso del 31 de octubre al 5 de noviembre, es decir en tan solo cinco días. También se observa en el cronograma que el organismo electoral obvia lo establecido en el artículo 139 del Reglamento General de la LOPRE, que indica una vez presentada la postulación el aspirante o candidato tiene 48 horas para subsanar y completar los recaudos.

No obstante, como la Presentación de las Postulaciones se realizó en paralelo con esta actividad, en caso de que faltase algún documento o requisito a las personas postuladas, se les habría violado su derecho a subsanar los recaudos.

En lo concerniente  a la Admisión de Recursos contra las Postulaciones prevista para realizarla en el lapso del 2 y el 5 de noviembre, de acuerdo con lo establecido en el artículo 68 de la LOPRE el cual estipula que una vez admitido el recurso se ordenará su publicación el mismo día o al día siguiente, y es a partir de esta acción cuando se abre el lapso de 20 días continuos para que el CNE dicte su Resolución. Tampoco el CNE en su cronograma incluyó el lapso de 5 días continuos siguientes al vencimiento del período para postularse, para la introducción de los Recursos contra las Postulaciones.

6- Fijó los días 6 y 7 de noviembre para las Sustituciones y Modificaciones de las Postulaciones, es decir un mes antes de los comicios, con lo cual violó flagrantemente lo estipulado taxativamente por el artículo 63 de la LOPRE, que permite hacerlo hasta diez días antes del acto de votación: “Las organizaciones postulantes podrán modificar las postulaciones que presenten y, en consecuencia, sustituir candidatos o candidatas hasta diez días antes de ocurrir el acto electoral…” Igualmente omite la regulación contenida en los artículos 162 al 169 del Reglamento General de la LOPRE, en los cuales se establece cuál es el procedimiento para las sustituciones.

7- Estableció el funcionamiento de las Juntas Municipales y Parroquiales omitiendo las actividades y lapsos previos para la convocatoria de los electores seleccionados en el sorteo público y automatizado del pasado 31 de marzo de 2016, como también la constitución de las mismas, violando lo dispuesto por los artículos artículos 97 y 99 de la LOPREy artículos 47, 49 al 51 del Reglamento General de la LOPRE.

8- Redujo a cuatro días el lapso de 30 días que tienen las organizaciones políticas, grupos de electores y candidatos por iniciativa propia para presentar la lista de testigos ante las Juntas y Mesas Electorales. El organismo electoral dispuso de 4 días (del 20 al 24 de noviembre) para la realización de esta actividad, amparándose para ello de manera dolosa en el artículo 48.1 de la LOPE, violando de manera flagrante lo establecido en el artículo 462 del Reglamento General de la LOPRE: “Las organizaciones con fines políticos, los grupos de electoras y electores, las candidatas y candidatos por iniciativa propia y las comunidades u organizaciones indígenas, deberán presentar con treinta (30) días de anticipación a la fecha de la realización de las elecciones, la lista de las personas autorizadas para presentar testigos ante los Organismos Electorales Subalternos…” De acuerdo al artículo citado esta actividad debió haberla programado para el 10 de noviembre, y no para el 20 de este mes.

9- Omitió e impidió la participación en estas elecciones de los Grupos de Electores. El artículo 47 de la LOPRE en concordancia con el artículo 135 del Reglamento General de la LOPRE establecen quienes pueden postular candidatos para los procesos electorales, entre quienes están los grupos de  electores, junto con las organizaciones con fines políticos,  los ciudadanos por iniciativa propia y  las comunidades u organizaciones indígenas. Los Grupos de Electores tienen como única finalidad postular candidatos en un determinado proceso electoral, en el ámbito geográfico que corresponda, y su proceso de conformación se hará de acuerdo al procedimiento que establezca el CNE. Este derecho de participación política fue absolutamente vulnerado por el ente electoral.

Súmate alerta que al analizar las actividades y/o lapsos omitidos o reducidos dentro del cronograma que rigen las Elecciones de Alcaldes para el 10 de diciembre de este año, el CNE está acortando el tiempo legalmente establecido, estimado en unos 110 días continuos, por la Ley Orgánica de Procesos Electorales y su Reglamento General para la realización de estos comicios.

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Súmate: Votar en las regionales es otra forma de lucha para enfrentar al gobierno

Súmate afirma que sufragar en las Elecciones de Gobernadores no niega ni sustituye la continuación del ejercicio del derecho a la manifestación consagrado en el artículo 68

Súmate afirma que sufragar en las Elecciones de Gobernadores no niega ni sustituye la continuación del ejercicio del derecho a la manifestación consagrado en el artículo 68

Nota de Prensa

Cuando faltan 6 días para las Elecciones Regionales, Súmate exhorta a los venezolanos y extranjeros inscritos en el Registro Electoral a votar este domingo 15 de octubre en cada uno de los 23 estados con derecho a elegir a sus respectivos gobernadores, oportunidad que les permitirá escoger a sus representantes en el poder estadal con el fin de que contribuyan en la medida de sus posibilidades a dar soluciones a sus graves problemas económicos y sociales, dentro de sus áreas de competencias constitucionales y legales.

Súmate afirma que votar en las Elecciones de Gobernadores no niega ni sustituye la continuación del ejercicio del derecho a la manifestación consagrado en el artículo 68 de la Constitución; ya que es otra extraordinaria oportunidad para expresar el descontento y sancionar al gobierno nacional por sus acciones autoritarias y antidemocráticas evidenciadas en la cruel represión en los recientes cuatro meses de protesta nacional, como también por su falta de respuesta a la tragedia que vive el pueblo venezolano por la falta de alimentos, el alto costo de la vida, la ascendente y desenfrenada inflación, la escasez de medicamentos  y la inseguridad.

La ONG también alerta sobre las innumerables irregularidades y omisiones que ha venido cometiendo la mayoría del directorio del Consejo Nacional Electoral (CNE), que tienen como fin incentivar la abstención en estos comicios regionales, lo cual responde a una estrategia para favorecer al partido del gobierno nacional; por lo cual hace el llamado a los electores a ejercer con mayor determinación su derecho al sufragio el próximo domingo 15 de octubre, para lo cual sugiere informarse oportunamente.

Con este propósito, les ofrece en su portal www.sumate.org la Guía para el Elector, entre otros documentos sobre estos comicios regionales. Además, precisa que si los electores están informados y conocen cómo ejercer el voto estarán asegurando que su voluntad no será vulnerada.

Aprovecha para solicitar a los electores verificar sus datos de nombres y apellidos, número de cédula de identidad y centro de votación en el campo “Consulte sus Datos - Registro Electoral” del sitio web del CNE (www.cne.gob.ve), en donde deben ingresar su número de cédula de identidad; información que también pueden obtener llamando al 0800-VOTEMOS (0800-8683667) ó enviando un mensaje de texto con su número de cédula de identidad al número 2637.

A través de estas herramientas, los electores pueden saber si son Miembros de Mesas de Votación, como también ubicar el lugar y el horario de su capacitación. Agrega que los electores seleccionados como Miembros de Mesa en los 23 estados donde habrá elecciones de Gobernadores el domingo 15 de Octubre, están todavía a tiempo para incorporarse como árbitros ciudadanos en cada una de las mesas de votación, ya que pueden acudir al taller de capacitación con duración de dos horas hasta este jueves 12 de octubre. 

Anexo con Irregularidades y omisiones cometidas por el CNE en Elecciones Regionales

Como pruebas de las irregularidades y omisiones cometidas por la mayoría del directorio del CNE, conformada por las cuatro rectoras Tibisay Lucena, Sandra Oblitas,Socorro Hernández y Tania D´Amelio; Súmate menciona entre las más importantes:

1.    La no convocatoria de las Elecciones Regionales que correspondía realizar a más tardar en el mes de diciembre de 2016, fecha en la cual venció el período de cuatro años de los 23 gobernadores y 237 legisladores elegidos el pasado 16 de diciembre de 2012, acorde con lo previsto en los artículos 160 y 162 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.

2.    El incumplimiento de su anuncio del 18 de octubre de 2016 de que las Elecciones Regionales las iba a realizar a finales del primer semestre de 2017. Nunca las convocó dentro del lapso anunciado, esgrimiendo como razón durante el primer semestre de 2017 que primero había que cumplir con la obligación de la Renovación de Nóminas de las Organizaciones con Fines Políticos.

3.    El cambio de la fecha de las Elecciones Regionales que el 23 de mayo de 2017 había anunciado para el 10 de diciembre de este año, y que convocó oficialmente el 15 de junio mediante Resolución N° 170615-139 publicada en la Gaceta Electoral N° 851 del 7 de julio de 2017. La decisión de adelantar los comicios regionales se produjo el 12 de agosto de 2017, cuando informó que las realizaría en octubre y solo para elegir a los 23 Gobernadores.

Esta decisión obedeció a razones políticas, en primer lugar para favorecer a la parcialidad política del Partido Socialista Unido de Venezuela (PSUV) ante el clima de frustración y decepción que albergaba a la mayoría de la población venezolana, que podría conducir a la abstención en estos comicios, luego de que no logrará impedir la celebración de la inconstitucional e ilegal elección de la Asamblea Nacional Constituyente; y segundo, mantener el control de los actuales Consejos Legislativos, para sabotear la futura labor de los nuevos gobernadores que no sean oficialistas.

4.    La amputación de estos comicios regionales con la decisión tomada el 12 de agosto de 2017 de realizar en octubre las elecciones solo para Gobernadores, excluyendo de los mismos la elección de los Legisladores de los Consejos Legislativos Estadales, sin importar que con ella estaba transgrediendo lo dispuesto en el artículo 2, numeral 1, de la Ley de Regularización de los Períodos Constitucionales y Legales de los Poderes Públicos Estatales y Municipales que establece: “Las elecciones de Gobernador o Gobernadora y Legislador o Legisladora de los Consejos Legislativos de los estados, se convocarán y efectuarán conjuntamente.” 

Con esta decisión volvió a dejar en el limbo la elección de los cargos a Legisladores de los Consejos Legislativos de Estados que debieron ocurrir en diciembre de 2016, incumpliendo lo establecido por los artículos 162 de la Constitución, 42 de la Ley Orgánica de Procesos Electorales (LOPRE) y el 4 de la Ley de Regularización de los Períodos Constitucionales y Legales de los Poderes Públicos Estadales y Municipales, la primera de estas disposiciones estipula que el período para estos cargos de elección popular estadales es de cuatro (4) años, mientras que las dos últimas disposiciones legales exigen realizar las elecciones en concordancia con los períodos constitucionales y legalmente establecidos, y que no se altere la uniformidad de los períodos constitucionales.

5.    Mantuvo por más de un mes al país en incertidumbre sobre el día en que se realizarían estos comicios. Finalmente cumplió con su obligación constitucional y legal de convocar las Elecciones Regionales el lunes 11 de septiembre en nota prensa publicada en su portal web, estableciendo como fecha para su realización el domingo 15 de octubre de 2017.

6.    Anunció el lunes 11 de septiembre, luego de convocar estos comicios regionales, que el Cronograma Electoral de las actividades correspondientes a la elección convocada para el 15 de octubre sería publicado el 13 de este mes, violando con ello lo dispuesto taxativamente por el artículo 42 de la Ley Orgánica de Procesos Electorales (LOPRE) que obliga hacerlo el mismo día de la convocatoria: “En el acto de convocatoria, se hará público el Cronograma Electoral del respectivo proceso, el cual contendrá las etapas, actos y actuaciones que deberán ser cumplidos de conformidad con lo previsto en esta Ley...”

 7.    Aunque convocó oficialmente el lunes 11 de septiembre a las Elecciones de Gobernadores para realizarlas el 15 de octubre; no obstante, el viernes 15 de septiembre fue cuando se conoció la Resolución Nº 170825-234 del 25 de agosto contenida en la Gaceta Electoral Nº 863 de fecha 28 del mismo mes, en la que indica otra fecha de convocatoria de estos comicios, al ubicarla el 25 de agosto; pero en el cronograma publicado el 13 de septiembre coloca como fecha de convocatoria el 26 de agosto. Hay tres fechas de convocatoria de estos comicios, aunque la misma ocurrió realmente el lunes 11 de septiembre, según nota de prensa en el portal web del CNE, a un mes de la realización de estos comicios regionales.

8.    El período para las sustituciones y modificaciones de las postulaciones fue establecido para el 16 de agosto; sin embargo, se conoció apenas el 13 de septiembre, es decir un mes después, cuando fue publicado el pre-cronograma de las actividades para las Elecciones de Gobernadores de octubre, como apéndice del cronograma de los comicios regionales.

Esta decisión mantenida en secreto hasta el 13 de septiembre, violó flagrantemente lo estipulado taxativamente por el artículo 63 de la Ley Orgánica de Procesos Electorales  al indicar que: “Las organizaciones postulantes podrán modificar las postulaciones que presenten y, en consecuencia, sustituir candidatos o candidatas hasta diez días antes de ocurrir el acto electoral.

A tales efectos, el Consejo Nacional Electoral tomará las medidas para informar a los electores y las electoras en el ámbito territorial al que corresponda la elección, sobre la modificación o sustitución realizada...” Lo más grave fue que los cinco magistrados de la Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) avalaron esta decisión unilateral y mantenida en secreto por el CNE hasta el 13 de septiembre, al resolver en la sentencia Nº 165 del pasado 5 de octubre que: “...la interpretación del artículo 63 de la Ley Orgánica de Procesos Electorales en el sentido que el Consejo Nacional Electoral puede establecer la oportunidad para la ejecución de la fase de sustitución y modificación de las postulaciones nominales, siempre y cuando no exceda el límite máximo temporal de diez días anteriores a la ocurrencia del acto electoral, atendiendo a las particularidades y requerimientos técnicos del proceso electoral de que se trate.” 

Con esta decisión del TSJ, que avala la acción delictiva del CNE, se impide a la oposición sumar los votos que obtengan las tarjetas de los candidatos que perdieron en las primarias del pasado 10 de septiembre a favor del candidato ganador en cada uno de los 19 estados en donde se midieron para escoger al representante de la Unidad para estos comicios.

9.    Acometió en 3 días las actividades de Postulaciones de Candidatos a Gobernadores, las cuales informó el 12 de agosto de 2017, cuando anunció que las Elecciones de Gobernadores serían para octubre. Las mismas fueron realizadas desde el domingo 13 al martes 15 de agosto, cuando inicialmente las había previsto para desarrollarlas en un lapso de un mes en el cronograma de las Regionales del 10 de diciembre (actividades 32, 33 y 34, del 8 de agosto al 13 de septiembre). 

Esta acción fue contraria al tiempo óptimo para su realización, con el fin de que no afecte ninguna de las etapas que son necesarias y de obligatorio cumplimiento, tal como lo prevé el Título V de LOPRE, en sus artículos 43 al 70

El CNE al establecer un lapso de tres días para las postulaciones, buscaba dificultar el consenso dentro de los factores democráticos para escoger al candidato único de la Unidad en cada uno de los 23 estados con derecho a escoger gobernadores. Adicional, la decisión del directorio del CNE de realizar estas actividades sin haber publicado antes el cronograma de estos comicios, violó los artículos 42 y 44 de la Ley Orgánica de Procesos Electorales (LOPRE). 

Esta última disposición estipula que “Las postulaciones consignadas fuera del lapso previsto en el Cronograma Electoral, serán extemporáneas y se tendrán como no presentadas.”

10.  Conformó y constituyó las Juntas Regionales Electorales para las mutiladas Elecciones Regionales, luego de que el miércoles 16 de agosto informara que el proceso de presentación de postulaciones cerró el martes 15 de este mes con la inscripción de 226 candidatos a gobernadores en los 23 estados.

Estos organismos subalternos de la Junta Nacional Electoral del CNE debieron estar conformados por los electores escogidos en el sorteo público y automatizado del pasado 31 de marzo de 2016, de acuerdo con lo previsto en los artículos 97 y 99 de la LOPRE y artículos 47, 49 al 51 del Reglamento General de la LOPRE

También debe explicar por qué realizó la constitución de las Juntas Regionales Electorales sin antes haber aprobado y publicado el nuevo cronograma para las Elecciones Regionales de octubre, con lo cual cometió la violación de lo dispuesto por el artículo 42 de la Ley Orgánica de Procesos Electorales (LOPRE): ”…En el acto de convocatoria, se hará público el Cronograma Electoral del respectivo proceso, el cual contendrá las etapas, actos y actuaciones que deberán ser cumplidos de conformidad con lo previsto en esta Ley…” 

11.  Dio a conocer que la actividad de la capacitación e instalación de las Juntas Municipales y Parroquiales sería del lunes 11 al viernes 15 de septiembre; sin embargo, fue el miércoles 13 de septiembre cuando publicó el cronograma de los comicios de gobernadores en el que indica este lapso, es decir, se tuvo conocimiento público del mismo dos días antes de finalizar, omitiendo tres de los cinco días previstos para esta actividad, cercenando así el derecho y la obligación de asumir estas funciones a los electores seleccionados para el cumplimiento del servicio electoral en estos organismos subalternos. 

Adicionalmente, el CNE ejecutó esta actividad sin antes haber notificado “de manera individual y expresa” a los electores escogidos para cumplir el servicio electoral obligatorio en estos organismos subalternos, en clara violación de lo dispuesto por los artículos 99 y 112 de la Ley Orgánica de Procesos Electorales (LOPRE).

Además, fue el sábado 16 de septiembre cuando publicó en su portal web (www.cne.gob.ve) las listas de miembros de Juntas Regionales, Municipales y Parroquiales; lo cual significa que lo hizo un día después de haber finalizado el lapso de cinco días continuos, previsto del lunes 11 al viernes 15, para la capacitación e instalación de las Juntas Electorales Municipales y Parroquiales, según el cronograma de los comicios de gobernadorespublicado el lunes 13 de septiembre.

12.  Impidió que los electores seleccionados en el sorteo del pasado 31 de marzo de 2016 como integrantes principales de las Juntas Municipales y Parroquiales se incorporaran el lunes 18 de septiembre a estos organismos electorales subalternos de la Junta Nacional Electoral (JNE); violando el procedimiento establecido en el artículo 65, parágrafo 2 del Reglamento de la Ley Orgánica de Procesos Electorales (LOPRE) que indica que tenían plazo para ello hasta la tercera sesión ordinaria.

13.  Dificultó y no favoreció el crecimiento del Registro Electoral (RE), vulnerando el derecho al  voto en las Elecciones de Gobernadores a más de 1 millón de nuevos electores. 

El crecimiento del RE fue apenas de unos 23 mil electores en dos años, lo cual está soportado en información oficial del propio del CNE, al comparar el corte del RE al 15 de Julio de 2017 publicado en la Resolución N° 170331-202 del pasado 31 de julio de 2017 contenida en LA Gaceta Electoral N° 859 de fecha 1° de agosto de este año, que indica hay 19.854.437 electores (19.526.620 venezolanos dentro del territorio nacional, 101.626 venezolanos inscritos en el exterior y 226.191 extranjeros) con el corte del RE al 24 de julio de 2015 de las Elecciones Parlamentarias de ese año, en el que había 19.830.724 electores (19.504.106 venezolanos dentro del territorio nacional, 101.260 venezolanos inscritos en consulados y embajadas del país en el extranjero y 225.358 extranjeros con más de 10 años de residencia en nuestro país).

De acuerdo con esta comparación el crecimiento del RE fue de 23.713 electores. Esta cifra de crecimiento de unos 23 mil electores disminuye a 6 mil, si se le resta los 17 mil electores eliminados por el CNE en el estado Táchira denunciado recientemente por los técnicos de la Mesa de la Unidad Democrática (MUD), luego de la auditoría de las máquinas de votación.

Este crecimiento del RE no se corresponde con la realidad, ya que según las proyecciones poblacionales del Instituto Nacional de Estadística (INE) presentadas en 2013 habría 1 millón 93 mil 383 jóvenes con al menos 18 años de edad para el 30 de junio de 2015 y que actualmente no se encuentran inscritos en el RE. Esta cifra aumenta para diciembre de 2017 a un total de 1 millón 369 mil 603 potenciales nuevos electores a quienes el CNE les vulneró el derecho al sufragio, en cuanto no han sido incorporados al RE.

14.  Incumplió su deber de facilitar la inscripción y actualización en el Registro Electoral previo a las Elecciones Regionales, al abrir una Jornada Especial únicamente para la Inscripción en el RE en el lapso de 10 días, del jueves 06 al sábado 15 de julio, y en el supuestamente habilitó 200 puntos para nuevos votantes, según nota de prensa del 4 de julio de este año en su portal web.

El tiempo de 10 días continuos para esta Jornada Especial como el supuesto despliegue de 200 puntos para la Inscripción en el RE y de los cuales nunca se supo su ubicación, fueron insuficientes e ineficaces para garantizar la inscripción de más de un millón de nuevos electores potenciales en edad para votar en las Elecciones de Gobernadores convocadas para realizarlas el domingo 15 de octubre.

El CNE antes de esta elección debió abrir este operativo por lo menos de  enero a julio de este año 2017 con el despliegue de más de 1.600 puntos en todo el país, tal como lo hizo para las Elecciones Parlamentarias de 2015 (así lo indican las notas de prensa del CNE del 03 de febrero de 201504 de marzo de 2015 y 8 de julio 2015), para garantizar a más de un millón de venezolanos en edad para votar ejercer su derecho a participar en los procesos electorales retrasados y por venir.

No cumplió con su obligación legal de seleccionar a los electores que deben asumir el servicio electoral obligatorio durante el año 2017 en las Juntas Regionales, Municipales y Parroquiales, y en las Mesas Electorales, de acuerdo con lo estipulado en los artículos 97 y 98 de la LOPRE, y 50 de la Ley Orgánica del Poder Electoral (LOPE).

Antes de vencerse el lapso para cumplir con esta obligación legal, fue alertado sobre este deber en correspondencia entregada el pasado viernes 24 de marzo de este año a la presidenta de la Junta Nacional Electoral, Rectora Tibisay Lucena, como a sus integrantes Rectora principal Socorro Hernández y Rector Suplente Carlos Quintero.

Asimismo, Súmate advierte que se deben sumar otras irregularidades cometidas antes de la convocatoria de estos comicios regionales, como fueron la prohibición del uso de la tarjeta de la Mesa de la Unidad Democrática (MUD) en siete estados del país debido a procesos judiciales abiertos en tribunales de esas entidades; y la inhabilitación administrativa por parte de la Contraloría General de la República de algunos aspirantes a candidatos, entre ellos dos de los actuales 3 gobernadoresde la oposición como fueron el del estado Miranda, Henrique Capriles Radonski, y el estado Amazonas, Liborio Guarulla, y la diputada por el circuito 4 del estado Miranda, Adriana D’Elia.

La ONG reitera que si la mayoría de los electores acude a ejercer su derecho al voto y los miembros de mesa y testigos velan para que sea respetada la voluntad popular en cada una de las 30 mil mesas de votación habilitadas para estas Elecciones de Gobernadores el próximo domingo 15 de octubre, se pueden superar los efectos de las irregularidades y omisiones de la cuatro rectoras del CNE y, al mismo tiempo, demostrarle al mundo la verdadera realidad política de Venezuela.

 

 

 

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Súmate: miembros de mesa no han recibido información sobre regionales

La ONG dijo que los ciudadanos seleccionados para cumplir el servicio electoral deben ser informados “de manera individual y expresa”, así como también capacitados

La ONG dijo que los ciudadanos seleccionados para cumplir el servicio electoral deben ser informados “de manera individual y expresa”, así como también capacitados

Nota de prensa

Súmate alertó que el Consejo Nacional Electoral (CNE) está retrasando en la notificación de los electores que fueron escogidos como integrantes de las Juntas Regionales, Municipales y Parroquiales y de las Mesas de Votación,  cuando su capacitación ya debió iniciarse para que puedan asumir sus funciones en las elecciones de Gobernadores.

La ONG recordó a los miembros del Directorio y a la Junta Nacional Electoral del CNE que los artículos 99 y 112 de la Ley Orgánica de Procesos Electorales y 53 del Reglamento General les obligan a notificar “de manera individual y expresa”, como también de su capacitación, a los que fueron seleccionados para el servicio electoral obligatorio en las Juntas Regionales Electorales, Juntas Municipales y Juntas Parroquiales.

Súmate aclaró que a la fecha la lista de los electores seleccionados para el servicio electoral en los organismos subalternos de la Junta Nacional Electoral (JNE) es la del 31 de marzo de 2016, ante la omisión e incumplimiento de esta instancia de su deber constitucional y legal de realizar el sorteo correspondiente a 2017.

Además, advirtió que no ha sido publicada en Gaceta Electoral ni es de acceso público en el portal web del CNE, con lo cual las autoridades del organismo comicial transgreden lo dispuesto en los artículos 97 y 99 de la LOPRE y 53 del Reglamento General de la LOPRE.

Súmate reiteró su denuncia de que la JNE ejecutó algunas actividades para fuera de cronograma, en clara violación de lo estipulado por el artículo 42 de la LOPRE; entre ellas el anuncio de que período de excepciones al servicio electoral era del 1 al 15 de septiembre, observando además que esta actividad no puede hacerse efectiva porque hasta la fecha no ha notificado oficialmente “de manera individual y expresa” a los electores que fueron seleccionados.

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