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El proyecto de Ley contra las ONG y afines obliga a inscribirse en un registro para defender a la nación

De aprobarse el proyecto de ley que estudia el Parlamento contra las organizaciones no gubernamentales y afines, la obligación de inscribirse en el Registro de Defensa Integral convertirá a todos los integrantes de las distintas organizaciones civiles que operan en Venezuela en potenciales reservistas de la FANB

De aprobarse el proyecto de ley que estudia el Parlamento contra las organizaciones no gubernamentales y afines, la obligación de inscribirse en el Registro de Defensa Integral convertirá a todos los integrantes de las distintas organizaciones civiles que operan en Venezuela en potenciales reservistas de la FANB

Nota de prensa

Ha sido el que ha acaparado más titulares, pero el Registro Nacional de Organizaciones No Gubernamentales es apenas uno de los obstáculos que deberán superar las organizaciones sin fines de lucro (OSF) nacionales para operar o continuar operando en Venezuela.  

El polémico proyecto de Ley de Fiscalización, Regularización, Actuación y Financiamiento de las Organizaciones No Gubernamentales y Afines, que la Asamblea Nacional (AN) aprobó en primera discusión el pasado 24 de enero, también obliga a estas entidades civiles a inscribirse en otros registros como el de Defensa Integral. Así figura en el numeral 4 del artículo 14 del texto que presentó el diputado oficialista Diosdado Cabello.

¿Cuál es el objeto de ese registro, qué ley lo crea y a qué obligará a las organizaciones civiles a las que se les aplica el proyecto de ley?

Primero, el Registro de Defensa Integral está previsto en la Ley de Registro y Alistamiento para la Defensa Integral de la Nación, dictada por el Parlamento en 2014 y publicada en Gaceta Oficial n.º 40.440 del 25 de junio de ese año. Segundo, «es un servicio público, permanente, gratuito, automatizado y obligatorio, orientado a la inscripción de la persona natural en situación etaria y la persona jurídica, así como la actualización de sus datos», como lo establece el artículo 35 de esa ley.

En tercer lugar, el artículo 2 del instrumento citado señala que sus disposiciones son aplicables «a los venezolanos por nacimiento o por naturalización en situación etaria (18 a 60 años se agrega en el artículo 4)» y a las «personas jurídicas, entes públicos y privados». En este punto hay que advertir que la norma no hace ninguna distinción ni excepción entre asociaciones, sociedades, fundaciones, institutos autónomos, universidades, sindicatos o gremios, entre otros.

Por su parte, en el artículo 3 se precisa que el registro busca garantizar «las cuotas de reemplazo (de tropas)» para la Fuerza Armada Nacional Bolivariana (FANB) y «la capacitación y adiestramiento de los venezolanos por nacimiento o por naturalización durante la prestación del servicio militar».

Además, la Ley de Registro y Alistamiento para la Defensa Integral obliga a los órganos y entes públicos o privados a exigir como requisito indispensable para la inclusión en nómina o contratación el certificado de inscripción de la persona natural en el Registro de Defensa Integral o constancia de haber cumplido con el servicio militar (artículo 44).

Adicionalmente, en el caso de las personas jurídicas, la constancia de inscripción en este registro es condicionante para la obtención de solvencias laborales (artículo 46), mientras que los particulares no podrán obtener una licencia de conducir (artículo 45) ni un título universitario si no la presentan (artículo 47).

Así, de aprobarse el proyecto de ley que estudia el Parlamento contra las organizaciones no gubernamentales (ONG) y afines, la obligación de inscribirse en el Registro de Defensa Integral convertirá a todos los integrantes, trabajadores, miembros y voluntarios de las distintas organizaciones civiles que operan en Venezuela en potenciales reservistas de la FANB y, por lo tanto, podrán ser convocados por el presidente de la República, en su condición de comandante en jefe de la institución castrense, a realizar entrenamientos y capacitaciones en materia militar o a incorporarse a los cuarteles en caso de guerra, conmoción o desastre nacional.

El artículo 39 de la Ley de Registro y Alistamiento para la Defensa Integral da a las personas naturales un plazo de 60 días, una vez cumplidos los 18 años, para registrarse. Por su parte, el artículo 40 les da a las personas jurídicas un plazo de 60 días a partir de la fecha de su formalización ante el registro respectivo. Es decir, una vez que las organizaciones a las que se les aplica el proyecto de ley se constituyan ante el Servicio Autónomo de Registros y Notarías (Saren) y sean autorizadas para funcionar, deberán inscribirse en un plazo de 60 días en el Registro de Defensa Integral.

El artículo 103 de esta ley también obliga a las organizaciones notificar el cambio del domicilio fiscal, modificación del objeto de la razón social o cualquier otra circunstancia que pueda modificar su condición inicial en el Registro para la Defensa Integral.

Más multas y sanciones

La Ley de Registro y Alistamiento para la Defensa Integral de la Nación prevé sanciones en caso de que alguna individualidad o institución incumpla el deber de inscribirse en el registro. Así, los artículos 100 y 101, respectivamente, prevén multas de hasta 15 unidades tributarias en el caso de las personas naturales, y entre 50 y 150 en el caso de las personas jurídicas que no se inscriban en el tiempo establecido en la ley.

Además, el artículo 99 del instrumento señala que

«los órganos o entes de la administración pública y privada, el patrono o patrona de empresas de derecho público o privado, los representantes de las cooperativas o consejos comunales, antes de celebrar el contrato de trabajo, que no exijan la documentación que acredite la inscripción o actualización de datos en el registro permanente o prestación del servicio militar, serán sancionados con multa entre 30 Unidades Tributarias (30 U.T.) y 40 Unidades Tributarias (40 U.T.), sin menoscabo de las demás sanciones administrativas correspondientes».

Adicionalmente, si la persona jurídica no notifica algún cambio al registro, será sancionada con multa entre 50 y 100 unidades tributarias, sin menoscabo de las demás sanciones administrativas correspondientes (artículo 103). Y si la persona jurídica es reincidente en el incumplimiento de las normas para la actualización de datos en el Registro para la Defensa Integral, será sancionada con multas entre 150 y 250 unidades tributarias, que debe cancelar dentro de los primeros 30 días continuos, a la fecha de imposición de la sanción (artículo 104). En caso de incumplir con este lapso, la sanción será entre 250 y 350 unidades tributarias, sin menoscabo de las demás sanciones administrativas correspondientes.

Estas medidas que se suman a las que también establece el borrador presentado por el chavismo contra las OSF y no solo las ONG, pueden llevar a la imposibilidad de funcionar de cualquier agrupación de este tipo, pues parece imposible cumplir con toda la avalancha de trámites burocráticos que el proyecto contempla.

La obligatoriedad de la inscripción en el registro militar a las personas naturales y jurídicas, así como las sanciones antes mencionadas, vulneran los derechos al libre desenvolvimiento de la personalidad, a la progresividad de los derechos, a la asociación, al trabajo y hacen nula la prohibición del reclutamiento forzoso.

En 2016 un grupo de organización demandaron la nulidad del primer texto ante la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ). Sin embargo, en su sentencia n.º 1.084 del 13 de diciembre de ese mismo año el máximo juzgado desechó la petición escudándose en la falta de representación de los accionantes.

¿Discriminación?

La Ley de Registro y Alistamiento para la Defensa Integral nunca ha sido aplicada a las personas jurídicas y tampoco se ha dado el registro de las personas naturales como condición para un empleo. Tampoco se creó un sistema de registro para las personas jurídicas. Así, si se creara el registro solo para las organizaciones de la sociedad civil sin fines de lucro a las que el proyecto de ley califica como ONG, ¿no sería discriminatorio? Sin duda, ya que la Ley de Registro y Alistamiento para la Defensa Integral no lo prevé de esa manera, es para todas las personas jurídicas del sector público y del sector privado.

Sin embargo, el proyecto de Ley contra las ONG y afines sí lo establece, lo que no solo dificulta aún más su funcionamiento, sino que las ubica en una situación de minusvalía respecto de las demás formas asociativas reguladas por ley especial.

La justificación del Estado venezolano para crear todos estos requisitos es contar con un registro especial para las ONG, pero ya existe el registro civil, lo que habría es que ponerlo en funcionamiento, ya que, paradójicamente, desde hace un tiempo se han paralizado los registros de las ONG o de sus actas, lo que ha llevado a una ilegalización de hecho de las mismas.

Y a ti venezolano, ¿cómo te afecta?

La eventual combinación de la Ley de Registro y Alistamiento para la Defensa Integral y la Ley de Fiscalización, Regularización, Actuación y Financiamiento de las Organizaciones No Gubernamentales y Afines parece formar parte de una estrategia del Gobierno Nacional que busca exacerbar la ya amplia militarización de la sociedad. La convergencia de ambos textos forzará a defensores de derechos humanos, educadores, trabajadores humanitarios, entrenadores deportivos, ambientalistas, entre otros, a formar parte del mundo castrense. También, obligará a las OSF, sin importar su forma jurídica ni su objeto a registrarse bajo la forma de ONG, salvo aquellas regidas por una ley especial.

El texto que estudia la AN parece ser el último ladrillo del muro que las autoridades vienen levantando para impedir el ejercicio de los derechos fundamentales a la asociación y a la participación en los asuntos públicos.

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Ley impulsada por el parlamento chavista para perseguir a las ONG pone en riesgo la asistencia humanitaria

Un grupo de organizaciones alertó que los principales perjudicados por esta iniciativa del régimen de Maduro son las personas “en condición de vulnerabilidad”, ya que se verán afectados los trabajos humanitarios y los proyectos sociales

Un grupo de organizaciones alertó que los principales perjudicados por esta iniciativa del régimen de Maduro son las personas “en condición de vulnerabilidad”, ya que se verán afectados los trabajos humanitarios y los proyectos sociales

Con información de EFE

La Alianza por la Libertad de Expresión de Venezuela, que agrupa a 10 organizaciones, aseguró este jueves que el proyecto de ley impulsado por la dictadura de Nicolás Maduro que busca fiscalizar la actuación y financiamiento de las ONG, cuya creación fue aprobada por el Parlamento chavista, pondrá “en mayor riesgo la posibilidad de ayuda y asistencia” a los venezolanos.

“Exhortamos a todos a rechazar este proyecto por poner en mayor riesgo la posibilidad de ayuda y asistencia a personas en condición de vulnerabilidad. Su aprobación afectará a los distintos sectores de la población venezolana que son los beneficiarios directos e indirectos del trabajo de organizaciones, programas, proyectos sociales, humanitarios y de derechos humanos”, indicó el grupo en un comunicado.

A su juicio, esta norma aprobada el 24 de enero en primera discusión por el Parlamento venezolano busca “criminalizar y restringir toda iniciativa que reciba recursos de la cooperación internacional para ejercer la libertad de asociación, protegida por el derecho internacional”.

Además, apuntó que las ONG venezolanas ya están sometidas a una serie de registros, necesarios para el cumplimiento de compromisos fiscales, que se encuentran paralizados desde 2019 cuando el Servicio Autónomo de Registros y Notarías prohibió registrar actos de organizaciones de este tipo, decisión que mantiene hasta la fecha.

El escrito está firmado por el Colegio Nacional de Periodistas, el Comité por una Radiotelevisión Pública, el Centro de Derechos Humanos y la Dirección de Publicaciones de la Universidad Católica Andrés Bello, Expresión Libre, SER Comunicación e Investigación, el Instituto de Investigaciones de la Comunicación de la Universidad Central de Venezuela, el Instituto Prensa y Sociedad, y Un Mundo Sin Mordaza.

El proyecto inicial de ley que fiscaliza las ONG, compartido por algunos legisladores, contempla multas de hasta 12.000 dólares a las agrupaciones que no se registren en la entidad de control que prevén crear, o que no declaren la identidad y procedencia de las donaciones.

La propuesta prohíbe expresamente a las ONG “realizar actividades políticas” y “promover o permitir actuaciones que atenten contra la estabilidad nacional y las instituciones” del Estado.

El pasado 28 de enero, en su declaración final tras una visita oficial a Venezuela, el alto comisionado de Derechos Humanos de Naciones Unidas (Acnudh), Volker Türk, pidió al Gobierno que establezca un “amplio proceso consultivo” sobre este Proyecto de Ley del Financiamiento y Funcionamiento de las Organizaciones no Gubernamentales.

Dos días después, 12 ONG de Venezuela aseguraron el pasado lunes que enfrentan la “mayor amenaza” a su existencia. El Foro por la Vida, la coalición que agrupa a esta docena de ONG, “rechaza de manera contundente” esta maqueta legislativa, al considerar que representa “la mayor amenaza registrada en el país” contra su existencia y contra “el accionar libre e independiente” de defensores de derechos humanos y actores humanitarios.

“El proyecto de ley criminaliza la solidaridad al desproteger aún más a los sectores populares venezolanos, que son los principales beneficiarios de la cooperación internacional y de la labor de las ONG”, señaló un comunicado firmado por los integrantes del foro.

La agrupación cree que la iniciativa parlamentaria “no es un hecho aislado sino que constituye una política de Estado que, de manera sistemática, está dirigida a restringir, inhibir, criminalizar y perseguir el accionar libre e independiente” de la sociedad civil y actores humanitarios.

“Antes que restricciones, el espacio cívico está urgido de respeto, promoción y protección por parte de las autoridades públicas”, remarcó el escrito.

De aprobarse esta ley, adelantó la coalición, las ONG ya constituidas serán sometidas a “un nuevo y adicional control autorizatorio previo por parte del Ejecutivo”, en el que deberán presentar requisitos “exageradamente intrusivos”.

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FundaRedes denuncia que desconocen la condición física de sus activistas

“20 días en los que se desconoce de su integridad física y donde no han tenido comunicación con sus familiares y abogados”

“20 días en los que se desconoce de su integridad física y donde no han tenido comunicación con sus familiares y abogados”

Redacción

FundaRedes denunció este miércoles 21 de julio que al cumplirse 20 días de la detención arbitraria del presidente de la ONG, Javier Tarazona, y de otros dos activistas de DDHH, Rafael Tarazona y Omar de Dios García, no se conoce sobre su integridad física y se encuentran incomunicados desde entonces.

“20 días en los que se desconoce de su integridad física y donde no han tenido comunicación con sus familiares y abogados”, escribió la ONG en Twitter.

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ONGs venezolanas exigen la liberación de los activistas de FundaRedes

«Atacarnos a nosotros es atacar a las víctimas y es dejar sin voces a las víctimas, esto forma parte de un patrón de persecución, por lo que persiste la crisis de los derechos humanos en Venezuela»

«Atacarnos a nosotros es atacar a las víctimas y es dejar sin voces a las víctimas, esto forma parte de un patrón de persecución, por lo que persiste la crisis de los derechos humanos en Venezuela»

Redacción

Varias Organizaciones No Gubernamentales (ONG), como Foro Penal, Gritemos con Brío, Red Naranja, Justicia, Encuentro y Perdón, se concentraron a las afueras del Programa De Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD), para exigir la liberación inmediata de Javier Tarazona, Rafael Tarazona y Juan De Dios García, todos miembros de FundaRedes.

Martha Tineo, abogada y coordinadora de la ONG Justicia, Encuentro y Perdón, exigió que cese la criminalización en contra de los activistas de derechos humanos que hacen vida en el país.

«Atacarnos a nosotros es atacar a las víctimas y es dejar sin voces a las víctimas, esto forma parte de un patrón de persecución, por lo que persiste la crisis de los derechos humanos en Venezuela», aseveró.

Afirmó que la detención contra los activistas fue completamente arbitraria, recordando además que estuvieron por más de 24 horas desaparecidos sin derecho a su defensa.

Para Tineo, no es la primera vez que los defensores de derechos humanos son perseguidos y atacados, un caso reciente fue lo vivido por un grupo de integrantes de la ONG zuliana, Azul Positivo.

En relación al pronunciamiento reciente de la Alta Comisionada Michelle Bachelet, señaló que la situación es «mucho más preocupante», porque se continúan violando los derechos humanos y constitucionales de las víctimas.

Por su parte, Theresly Malavé, directora del Observatorio Nacional de los Derechos Humanos, reclamó a la administración de Nicolás Maduro la detención de Tarazona y sus compañeros, ocurrida la semana pasada en Coro, estado Falcón.

Resaltó que las ONG se mantendrán alzando la voz en contra de las violaciones de los derechos humanos en el país.

El pasado sábado el Tribunal 3 de Control con competencia en Terrorismo, dictó medida privativa de libertad contra los 3 miembros de FundaRedes detenidos el viernes 2 de junio en el estado Falcón, se les acusa de “Instigación al odio, Traición a la Patria y Terrorismo”.

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Amnistía Internacional: patrones de persecución no han dado “tregua” en Venezuela

La funcionaria manifiesta preocupación en cuanto a la estigmatización de la que han sido víctima muchos venezolanos por parte de funcionarios del gobierno

La funcionaria manifiesta preocupación en cuanto a la estigmatización de la que han sido víctima muchos venezolanos por parte de funcionarios del gobierno

Con información de Voz de América

CARACAS - De acuerdo con el capítulo Venezuela del informe 2020-2021 de Amnistía Internacional (AI), durante el último año se intensificó la crisis continuada de derechos humanos que venía sufriendo el país, donde continuaron las denuncias sobre ejecuciones extrajudiciales, torturas, detenciones arbitrarias, represión y persecución contra periodistas, defensores de derechos fundamentales y personal sanitario.

Carolina Jiménez, directora adjunta de investigación para las Américas de AI, aseguró que dar cuenta de la “multiplicidad” de las violaciones a los derechos humanos que se cometen en Venezuela se ha vuelto un “desafío” y señaló que los “graves” patrones de persecución del gobierno de Nicolás Maduro no han dado “tregua” durante la pandemia.

“Todo lo contrario, vimos cómo decretos como el del estado de alarma sirvieron para justificar la continuación de esos patrones de represión”, dijo Jiménez.

“Es una política ya muy instalada y continúa siendo una realidad ahora con la excusa, pareciera una excusa perfecta la de la pandemia para detener en nombre de la salud pública”, agregó.

La defensora de derechos humanos manifestó especial preocupación en cuanto a la estigmatización de la que han sido víctima muchos venezolanos por parte de funcionarios del gobierno.

“Si algo hemos aprendido en la historia de la humanidad en las luchas contra las pandemias es que la estigmatización tiene el efecto contrario, no previenen, no ayudan, todo lo contrario, obligan a las personas que están siendo estigmatizadas a esconderse, a no buscar apoyo de sus familiares y amigos y pueden generar situaciones de riesgo para estas personas”.

En ese sentido, la defensora de derechos humanos cuestionó un video publicado por Luis Adrián Duque, alcalde del municipio Sucre del estado Yaracuy, en el occidente de Venezuela, donde se le ve colocando carteles que indican que la vivienda se encuentra en cuarentena preventiva por COVID-19.

“Familia en cuarentena preventiva” se puede leer en el cartel que como fondo tiene un símbolo rojo que denota prohibición.

“Protegiendo a nuestro pueblo, aquí indica (señalando al cartel) como tenemos un caso COVID o un caso sospechoso, es lo que indica para que nuestro pueblo esté alerta, la comunidad en general. La mejor vacuna es la consciencia que tenemos que tener en la lucha contra la pandemia”, exclama el alcalde rodeado de funcionarios de seguridad.

Luego de que el video se hizo viral, el fiscal general Tarek William Saab anunció que se inició una investigación penal contra el alcalde por, según escribió en su cuenta en Twitter, “de manera unilateral y al margen de la política del Estado venezolano para combatir la pandemia marcó macabramente las casas de pacientes que sufren COVID-19”.

“El Ministerio Público junto a la Defensoría del Pueblo actuó de manera conjunta para proceder a retirar los insólitos avisos colocados selectivamente en Yaracuy el día de hoy en las casas de dichos pacientes”, añadió.

Recientemente el canciller Jorge Arreaza aseguró que Venezuela no reconoce a la Misión Internacional Independiente de determinación de los hechos sobre Venezuela a la que acusó de “inventar informes a distancia”.

En su primer informe, que se ha convertido en referencia para diversas Organizaciones No Gubernamentales, la misión concluyó que muchas de las violaciones a los derechos humanos se cometieron a “gran escala y constituyeron delitos de lesa humanidad”.

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Liberan al chofer de la ONG Azul Positivo

Los activistas humanitarios permanecen en la sede de la Zodi en Maracaibo

Los activistas humanitarios permanecen en la sede de la Zodi en Maracaibo

Redacción

La ONG Espacio Público informó este 14 de enero que fue liberado el chofer de la Organización No Gubernamental Azul Positivo, Miguel Guerra, quedando todavía cinco integrantes detenidos desde el pasado martes.

Los activistas humanitarios permanecen en la sede de la Zodi en Maracaibo del estado Zulia.

El pasado 12 de enero funcionarios de la Dirección General de Contrainteligencia Militar (DGCIM) y Servicio de Investigación Penal del Estado Zulia (SIPEZ) intervinieron la sede de la organización y tras horas bajo «un procedimiento administrativo», se llevaron detenidos a varios de sus integrantes.

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