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AN rechazó la ratificación por la ilegítima Sala Constitucional de Reinaldo Muñoz como Procurador General

AN rechazó la ratificación por la ilegítima Sala Constitucional de Reinaldo Muñoz como Procurador General

La designación del Procurador General de la República se hace a través de un decreto presidencial con autorización de la Asamblea Nacional

Redacción

La Asamblea Nacional aprobó acuerdo que rechaza la decisión de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia ilegal, en sentencia 59 del pasado 22 de abril de 2020, por considerarla irrita y espuria, que no convalida la condición de Procurador de General de la República al ciudadano Reinaldo Muñoz Pedroza.

El acuerdo fue propuesto por el diputado por el estado Zulia Omar Barboza, quien explicó que el articulo 187 numeral 14, en concordancia con el 249 de la Constitución Nacional se establece que la designación del Procurador General de la República se hace a través de un decreto presidencial con autorización de la Asamblea Nacional, y en el caso del ciudadano Reinaldo Muñoz Pedroza no se ha cumplió nunca ese requisito legal. 

Indicó que la Sala Constitucional del TSJ ilegal, a través de la sentencia 59 del 22 de abril del 2020, pretende darle legalidad a esa designación supuesta como procurador a este ciudadano Muñoz. 

Explicó que esa Sala Constitucional del TSJ solo puede tomar decisiones de hecho y no de derecho, por cuanto fue designada en una sesión de la pasada Asamblea Nacional el 23 de diciembre de 2015, donde violando la Constitución y las Leyes, de una manera totalmente irregular, se pretendió designar a 33 magistrados.

“Rechazamos esta sentencia por irrita, espuria   y de ninguna manera convalida la condición de Procurador General de la República   a este señor Muñoz Perozo. En ese sentido he presentado este acuerdo”.

El Acuerdo en rechazo a la ratificación inconstitucional del Procurador de la República por el ilegítimo TSJ, ratifica que ninguna de las decisiones dictadas por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia desde el 23 de diciembre de 2015, puede considerarse una sentencia válida y eficaz, y mucho menos vinculante en los términos del artículo 335 de la Constitución, al ser el resultado de la ilegítima composición del Tribunal Supremo de Justicia y, además, formar parte de las acciones políticas orientadas a desmontar el ordenamiento constitucional en Venezuela.

Así mismo confirma que la representación judicial y extrajudicial del Estado venezolano, incluso en arbitrajes internacionales, recae exclusivamente en el Procurador Especial, ciudadano José Ignacio Hernández, titular de la cédula de identidad Nº V-11.554.371, designado de conformidad con el artículo 15, literal “b” del Estatuto que rige la transición a la democracia para restablecer la vigencia de la constitución de la República Bolivariana de Venezuela.

Finalmente, la Asamblea Nacional establece en dicho acuerdo solicitar a las autoridades extranjeras competentes que inicien los procedimientos conducentes a sancionar a Reinaldo Muñoz Pedroza, y a los abogados designados por éste, por su colaboración política con el régimen de Nicolás Maduro, obstruyendo la legítima defensa de los intereses de la República y el proceso de transición a la democracia.

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