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Solicitan a la Asamblea Nacional código para sancionar crímenes de lesa humanidad

Solicitan a la Asamblea Nacional código para sancionar crímenes de lesa humanidad

Entre estos crímenes se encuentran la persecución por motivos políticos, raciales, nacionales, étnicos, culturales, religiosos o de género; la esclavitud, el traslado forzoso de la población, la prostitución forzada o el apartheid

Redacción

Amnistía Internacional Venezuela solicita a la Asamblea Nacional del país, promulgar un código para garantizar que el sistema judicial venezolano cuente con un marco legal que le permita procesar a los responsables de genocidio y crímenes de lesa humanidad.

Entre estos crímenes se encuentran la persecución por motivos políticos, raciales, nacionales, étnicos, culturales, religiosos o de género; la esclavitud, el traslado forzoso de la población, la prostitución forzada o el apartheid.

En una nota de prensa, Amnistía Internacional, explica que el referido código facilitaría la cooperación con las investigaciones y enjuiciamientos de los tribunales extranjeros que traten de recabar información sobre tales crímenes en caso de haberse perpetrado en Venezuela.

Un nuevo código de derecho

El proyecto lleva por nombre Código de Derecho Penal Internacional (Codepi), y estaría fundamentado en la aplicación del Estatuto de Roma, instrumento constitutivo de la Corte Penal Internacional de la Haya, firmado y ratificado por Venezuela, siendo este el primer país de Iberoamérica en hacerlo y el 11° en ratificarlo, con el fin de que lo especificado en el Estatuto esté reflejado el derecho interno, y existan todos los mecanismos de cooperación internacional necesarios para una verdadera justicia internacional.

“No puede ser que Venezuela tenga desde hace años una deuda legislativa en asignaturas tan importantes como el genocidio, el peor de todos los actos que se pueda cometer contra la humanidad. Es el crimen de todos los crímenes” dijo Marcos Gómez, Director de Amnistía Internacional Venezuela.

Asimismo, indican que la legislación venezolana debe adaptarse a los compromisos internacionales suscritos por el país para atacar la impunidad a futuro, logrando que se haga realidad lo establecido en el artículo 23 de la Constitución que reza que los pactos y convenciones relativos a derechos humanos, suscritos y ratificados por Venezuela, tienen jerarquía constitucional y prevalecen en el orden interno.

El Codepi facultaría a su vez a las policías, Cicpc y Ministerio Público (MP), a crear unidades especiales para que ningún culpable de genocidio, crímenes de guerra o de lesa humanidad, escape de la justicia.

Venezuela es un atractivo para delincuentes enjuiciados en el extranjero.

Debido a la ausencia de leyes nacionales que regulen la cooperación de Venezuela con los tribunales o cortes de justicia internacionales, el país es en la actualidad un refugio seguro en potencia para criminales enjuiciados en el extranjero, según viene denunciando Amnistía Internacional desde el año 2009 en su informe “Venezuela: la lucha contra la impunidad a través de la jurisdicción universal”.

El Codepi acabaría con todas las lagunas legales referentes al derecho internacional y establecería claramente las responsabilidades individuales y del Estado, ante todos esos graves crímenes que pudieran cometerse, incluso por negligencia, imprudencia, impericia o inobservancia de normas, supervisión, diligencia debida y cualquier obligación que, de haber sido cumplida, hubiera evitado la comisión de dichos crímenes.

Por otra parte, instituiría la creación de un “Fondo Fiduciario Nacional para la Indemnización de las Víctimas de Crímenes Internacionales y de Graves Abusos de los Derechos Humanos” para hacer cumplir el derecho, consagrado en el artículo 30 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, de las víctimas y sus familiares a reparaciones integrales.

Para Amnistía Internacional, Venezuela ha definido en su legislación nacional algunos delitos previstos en el derecho internacional como la tortura y las desapariciones forzadas, pero no ha precisado otros como las ejecuciones extrajudiciales o no han sido definidos de un modo coherente con los requisitos más estrictos del derecho internacional y no se contempla el ejercicio de la jurisdicción universal sobre ellos.

/Nota de Prensa

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