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Consejos comunales juzgarán a ciudadanos cuando incurran en delitos menores

Consejos comunales juzgarán a ciudadanos cuando incurran en delitos menores

Foto: Cortesía

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En Puerto La Cruz dictarán talleres y charlas sobre  juzgamiento de delitos

Con información de nota de prensa

Para iniciar a las comunidades y particularmente a los consejos comunales en lo concerniente al tema de los delitos menos graves y la justicia comunitaria, este viernes en el  salón de sesiones del Concejo Municipal de Puerto La Cruz, la Oficina de Atención al Ciudadano de la Contraloría Municipal, inició el ciclo de charlas y talleres de “Municipalización de la Justicia”.

La abogada Carmelita Mudarra, coordinadora de esa oficina, explicó que todas  las comunidades organizadas deben estar orientadas sobre cuál es el rol que cumplen ellos a la hora fiscalizar, supervisar, juzgar, controlar delitos menores y juzgamiento de las penas impuestas.

En el mismo sentido, indicó que según el artículo 352 del Código Orgánico Procesal Penal (COPP), establece que “los delitos menos graves se determinan por la pena que el legislador impongan, es decir si es menor de 8 años, se considera delito menos grave. En tal sentido, aquella persona que esté sentenciado dentro del lapso mencionado, está obligada a cumplir con el tercer vértice de la Misión A toda Vida Venezuela que establece la transformación del sistema de justicia.

A la par, enfatizó que se le hará fiel cumplimiento al  art 371,  que señala  “cuando el culpable de alguno de los hechos previstos en los artículos 365 y 368 haya cometido el delito por el ejercicio abusivo de una profesión sanitaria o de cualquiera otra profesión o de arte sujeto a autorización o vigilancia por razón de la salubridad pública, las penas serán las siguientes: 1. En el caso del artículo 365, prisión de tres meses a tres años, 2. En el caso del artículo 368, prisión de quince días a tres meses”.

Por tal motivo, Mudarra precisó las comunidades organizadas son portavoces ante el juez, de sus necesidades; por tal motivo se asigna un servicio comunitario, tomando en cuenta factores como las destrezas, habilidades y fortalezas de la persona imputada, además de verificar si tiene alguna profesión  u oficios  para perfilar el servicio que va a desempeñar. “Es aquí, donde participan las comunidades, de manera protagónica, en la administración de justicia, porque velan y garantizan que el servicio comunitario se cumpla a cabalidad". 

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