¿Comunas?. Desobedecer es vencer; por Pedro Galvis / @pgalvisve
Para Santo Tomás de Aquino, una ley injusta no era ley, el consideraba que la fuerza de ley dependía de su justicia y dicha justicia debía estar en conformidad con la razón y la ley natural, sino sería corrupción de ley
En el año 2007 Chávez propuso 33 artículos para reformar la Constitución Nacional para convertirla en una Constitución socialista. En esa propuesta de reforma se incorporaron los conceptos de comunas y poder comunal. La oposición que venía acumulando derrotas en los procesos electorales previos, logró ganar el referendo, y el comandante a regañadientes obligado por los militares reconoció su derrota, calificándola como una victoria pírrica, al que le agregó un calificativo escatológico que no voy a repetir. Pero luego agregó: “No retiro ni una sola coma de esta propuesta, esta propuesta sigue viva”. Amenaza que fue implementando de contrabando valiéndose de su cuestionada mayoría en la Asamblea Nacional, desobedeciendo de hecho el mandato popular expresado por los ciudadanos en la consulta refrendaría, pero además desmontando la Constitución Nacional a través de un conjunto de leyes inconstitucionales.
La pretensión de insistir en la instauración un estado comunal para Venezuela debemos evaluarlo como un acto de opresión, que violenta el principio de progresividad de los derechos consagrados en el artículo 19 de la Constitución Nacional vigente:
Artículo 19.° El Estado garantizará a toda persona, conforme al principio de progresividad y sin discriminación alguna, el goce y ejercicio irrenunciable, indivisible e interdependiente de los derechos humanos. Su respeto y garantía son obligatorios para los órganos del Poder Público, de conformidad con esta Constitución, con los tratados sobre derechos humanos suscritos y ratificados por la República y con las leyes que los desarrollen.
Sin lugar a dudas, un régimen que no es ni la sombra de lo que era en 2007, donde todavía mantenía un importante respaldo popular, que hoy es repudiado por la inmensa mayoría de los venezolanos, tomó la decisión de dar los zarpazos finales para imponer su proyecto socialista antidemocrático, mediante la colusión de las instituciones del régimen, han decidido actuar haciendo uso de mecanismos y argumentos fraudulentos para despojar a los venezolanos de sus derechos. Nos corresponde entonces a los ciudadanos aliarnos para defendernos, asistidos por el “derecho de resistencia a la opresión", contemplado en el artículo 2 de la Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano, que consagra que:
Artículo 2.° La finalidad de toda asociación política es la conservación de los derechos naturales e imprescindibles del hombre. Esos derechos son la libertad, la propiedad, la seguridad y la resistencia a la opresión.
Ahora bien, ¿Por dónde empezamos y cómo lo hacemos?.
Revisemos la clásica posición de Santo Tomás de Aquino, para quien la ley injusta no era ley, el consideraba que la fuerza de ley dependía de su justicia y dicha justicia debía estar en conformidad con la razón y la ley natural, sino sería corrupción de ley. Como consecuencia de esto, para Santo Tomás la obediencia a la ley dependía de su justicia, sino era justa conforme a la razón y a la ley natural debía ser desobedecida, caso también del poder ilegítimo; sólo justificaba la obediencia al derecho injusto para evitar males mayores.
Inspirados en este pensamiento jusnaturalista, que justificaría plenamente el desacato de normas injustas, normas que contrarían principios morales de justicia superiores al derecho positivo. Lo que nos corresponde entonces en primer lugar es desobedecer cualquier legislación o norma que menoscabe nuestros derechos humanos o que limiten el libre desenvolvimiento de nuestra personalidad, esta acción es conocida generalmente como un ejercicio de Desobediencia civil, que es un mecanismo accionado por los ciudadanos para oponerse al cumplimiento de una ley o decisión gubernamental injusta, ilegal o inconstitucional.
La desobediencia civil está amparada en el ejercicio de tres derechos fundamentales reconocidos en la generalidad de constituciones: libertad de conciencia, libertad de expresión y participación política. Como ciudadanos nos toca asumir que el derecho a tener derechos, trae consigo implícito el derecho a desobedecer la ley que los vulnera. En este caso la imposición del estado comunal y de las comunas es un proyecto de dominación político primitivo, que cada vez y en cada lugar que ha sido implementado los resultados han sido similares, con un saldo de ruina, sufrimiento, desolación, empobrecimiento y muerte, ¿De verdad nos las vamos a calar?.
Por algún lado debemos empezar.
Los venezolanos no nos vamos a conformar con un cambio de jaula o de condiciones de cautiverio. Vamos por la libertad.