Los colaboracionistas y los jueces del horror a la carga; por Luis Beltran Calderón Mejías
Aun cuando no constituye sorpresa para los venezolanos el accionar de los jueces del horror de Nicolás Maduro (T.S.J.), independientemente que exista una paralización de la justicia en el país, derivada del coronavirus (Covid-19); que impide que los ciudadanos tengan acceso a la justicia, a los fines de hacer valer a través de los órganos de administración de justicia sus derechos e intereses, conocida como la tutela jurídica efectiva. No obstante, el T.S.J. exprés está permanentemente de turno, como las farmacias, y a la orden para cumplir con los lineamientos del régimen, que no es otro que admitir, tramitar, decidir con celeridad, y a favor de los accionantes adeptos o colaboracionistas, todas las demandas y recursos por muy grotescos que sean desde el punto de vista jurídico, o que su contenido sea tan temerario que lo haga “inproponible” expresión muy utilizada por ese tribunal.
Traigo a colación este introito para analizar la sentencia N°. 0068 dictada por la Sala Constitucional del T.S.J. ilegitimo, en fecha 05 de Junio de 2020, que declaró la omisión inconstitucional de la A.N., en la designación de los integrantes del C.N.E., por la acción interpuesta por los colaboracionistas Javier Bertucci, Claudio Fermín, Timoteo Zambrano, Felipe Mujica, Luis Romero (representante de Falson), Rafael Marín, Juan Alvarado y Segundo Meléndez, estos personajes fueron los que comprados por el régimen concurrieron el 20 de mayo de 2019, a la falsa electoral que pretendió legitimar a Nicolás Maduro, y son los mismos de la “Mesita” que se pretenden erigirse como los representantes de la oposición, cuando no representan a nadie, solo son unos vende patria, que no les interesa el país, solo las migajas que les paga el gobierno.
En cuanto a la citada sentencia no es más que un fraude constitucional, que su fin es arrebatarle a la asamblea nacional la competencia que tiene de elegir los integrantes del C.N.E., y arrogarse el bufete de Maduro tal designación que seguro recaerá en fichas del régimen y en alguna persona que escogerán los bandidos de la mesita, para montar el circo electoral. El fundamenta de la demanda es por “Omisión” legislativa, la significación de este término es “abstención de hacer o haber dejado de hacer algo”, es evidente que T.S.J., parte de un supuesto de hecho falso, porque no habido tal omisión ya que el órgano parlamentario, para poder designar a los rectores debe necesariamente contar con las aprobación 2/3 partes de los diputados, es decir debe existir un gran acuerdo, para cumplir con ese cometido. Pero la bancada del PSUV se retiró en el 2016 del parlamento y reapareció en 2019, y ello permitió el nombramiento del Comité de Postulaciones Electoral, en todo caso habrá un retardo pero no omisión, no imputable a los diputados porque el régimen tomo militarmente el Palacio Legislativo, han tenido que sesionar fuera de su sede y últimamente en forma virtual. Es bueno destacar que la bancada de la oposición con el voto popular en las elecciones del 2015, logro las 2/3 partes de diputados, y este mismo tribunal ilegitimo, despojo a la oposición de los diputados de Amazona, única entidad federal sin representación en el hemiciclo, con una supuesta medida cautelar que vino para quedarse, va a finalizar el periodo y esa causa no la han decidido. Sucesivamente los jueces del horror dictaron una sentencia declarando el Desacato de la A.N., único ente colegiado que ha sido calificado erróneamente con esa figura, cuya procedencia es única y exclusiva de individualidades, y con ello declarar nula todas las actuaciones del parlamento, también debo agregar si el parlamento no existe, por estar en desacato no puede incurrir en tal omisión. Posteriormente con otro exabrupto jurídico declara valida la Junta Directiva del diputado Clap Luis Parra, para abonar el camino para dictar esta sentencia que motiva este artículo, como cosa curiosa este fallo dimana de una ponencia conjunta, que contraría la existencia de un tribunal colegiado, que implica que dicha ponencia debió ser asignada a uno de los magistrados, y que el proyecto de sentencia una vez discutido y aprobado por los otros jueces, se produjera la sentencia respectiva estas galimatías solo se ven en justicia socialista. Tal vez ninguno quiso asumir una responsabilidad individual por temor a que supieran quien redactó esa sentencia, no por vergüenza que no la tienen, por eso aparece que la redactaron todos los integrantes de la banda judicial. Por otra parte, no hubo una mente lúcida que salvara su voto ante ese adefesio jurídico, es evidente que estos magistrados exprés no actúan con autonomía, independencia y transparencia en sus decisiones, sino que administran una justicia tenebrosa a favor del régimen, traduciéndose para ellos en una complicidad co-respectiva, que tarde o temprano tendrán que pagar.
Igualmente la sentencia in comento desaplica artículos de la Ley Orgánica de Procesos Electorales, sin indicar cuales, y ordena al C.N.E., asumir el desarrollo normativo. Es evidente la inconstitucionalidad que contiene este fallo, al concederle al ente electoral potestades legislativas, que son reserva legal de la A.N., usurpó competencia de la Sala Electoral al decidir lo referente a las elecciones de los diputados indígenas, creo indefensión hacia el órgano legislativo, cuando no fue notificada la A.N., para que se hiciera parte en ese proceso, sobre todo cuando se le atribuía la presunta omisión legislativa, he hiciera sus alegatos y demostrar que no hubo tal omisión, y otros vicios.
Ahora bien, esta sentencia tiene como única finalidad nombrar unos rectores identificado con el régimen, desde ya se asoman los nombres de Gladys Gutiérrez (Ex magistrada), Indira Alfonzo (Magistrada S.E.), Tania D’ Amelio y Rafael Simón Jiménez (Ex constituyente de Chávez), estos rectores serán seleccionados por el contubernio conformado por la mesita y Maduro, para convocar a un circo electoral pretendiendo ponerle mano mediante un fraude al único órgano legitimo del país.
Desde ya andan políticos disfrazados de oposición, que militan en el G4 dispuestos a participar como candidatos a diputados, algunos han esbozado que la única forma de salir del régimen es mediante unas elecciones, que no conocen otra manera, afirmo que no solo son los colaboracionistas de la mesita sino otros mercaderes de la política, que obtienen del régimen mucho dinero en cada proceso electoral.
Dentro de poco veremos a los diputados Clap haciendo campaña dispendiosa con el dinero robado, pretendiendo continuar en sus curules, para seguir traicionado al elector y llenando sus alforjas, porque no sienten ningún amor por su país. Pero desde nuestra óptica, no podemos concurrir a ningunas elecciones mientras este grupo criminal detente el poder, solo salimos de este régimen a la fuerza, mediante la implementación de la Operación de Paz y Estabilización (OPE), que es una operación compleja, multidimensional donde las fuerzas internas y externas logren la Estabilización para la paz y Mantenimiento para la paz, que es la propuesta magistral que nuestra líder María Corina Machado presentó al país. No olvidemos solo no podemos.
Abg. Luis Beltrán Calderón Mejías.
Coordinador Vente Venezuela.
Barcelona- Anzoátegui.