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Comerciantes que cobren a la tasa paralela pueden pagar hasta 8 años de prisión

La Ley de Precios Justos establece que los negocios deben utilizar la tasa del BCV para el cálculo de precios

Redacción

El abogado Manuel Olivieri, indicó que los comercios que no establezcan la tasa del dólar del Banco Central de Venezuela, serán sancionados con una pena de 5 a 8 años de prisión.

Actualmente, existen comercios en el país que se rigen por la tasa paralela, siendo esto, una violación a la ley de precios justos, y podrían estar condenados al delito de Usura.

“La Ley de Precios Justos establece que los negocios deben utilizar la tasa del BCV para el cálculo de precios, y el Convenio cambiario N°1 en su artículo 9 establece que la tasa oficial es la que se debe utilizar para todos los efectos legales”, indicó Olivieri.

El abogado señaló que en el artículo 58 de la Ley de Precios Justos «por medio de un acuerdo o convenio, obtenga para sí o un tercero directa o indirectamente una prestación que implique una ventaja notoriamente desproporcionada, incurrirá en el delito de usura y será sancionado de 5 a 8 años de prisión”.

Operativos de Sundde

La Superintendencia Nacional para la Defensa de los Derechos Socioeconómicos de Venezuela (Sundde) ha combatido estos delitos, realizando operativos sorpresas a establecimientos de todo el país, para verificar si hacen uso de la tasa del dólar de BCV u otra diferente.

El organismo ingresa a los comercios como cliente normal, preguntando al comerciante si se guían por la tasa del BCV, si irrespetan estas medidas económicas, el funcionario se identifica y le abren el procedimiento sancionatorio.

La actual ministra de Comercio, Dhéliz Álvarez, junto a la Sundde, efectúan supervisiones del comercio en todo el país para garantizar el uso de la tasa BCV.