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Fracción 16J en desacuerdo con Ley de contrataciones para recuperación de activos

Bloque Parlamentario salva su voto sobre designación de nuevos miembros de Pdvsa

Nota de prensa

(Caracas. 09/07/2020) La Fracción Parlamentaria 16 de Julio salvó dos veces su voto este jueves en la sesión de la Asamblea Nacional (AN) en rechazo a la designación de nuevos integrantes de la Junta Directiva de la empresa Citgo Petroleum Corporation, filial de Petróleos de Venezuela S.A., y la aprobación de la Ley Especial que permite la recuperación de activos del Estado en el exterior. 

De acuerdo con los diputados, resulta un “grave error político” apartar al Parlamento nacional de la ruta propia del “itinerario de democratización y reinstitucionalización”, asumido desde el 23 de enero del 2019, cuando el Presidente de la Asamblea Nacional, Juan Guaidó, de conformidad con el artículo 233, se juramentó frente a todos los venezolanos. 

Además, insisten en las razones que argumentaron el 7 de mayo pasado contra esta ley, cuando señalaron que tenía problemas de forma y fondo. La forma fue resuelta al decidir tratar el tema vía ley especial y no un simple acuerdo parlamentario, pero sobre el fondo señalaron que sigue siendo inconveniente abordar este tema en este contexto.

En el voto salvado, la Fracción 16J recordó que el artículo 36 del Estatuto para la Transición queda claro que “los activos del Estado que hayan sido recuperados a través de los mecanismos establecidos en el presente Estatuto no podrán ser dispuestos o ejecutados hasta tanto cese la usurpación y se haya conformado un Gobierno Provisional de Unidad Nacional”. 

Y agregan: “Vemos con malestar y extrañeza que la Directiva de esta Asamblea insiste en incurrir en lo que calificamos como una inconsistencia de fondo”. Asimismo, remarcaron la necesidad de avanzar con las etapas acordadas desde enero de 2019: “liberación del régimen autocrático que oprime a Venezuela, conformación de un Gobierno provisional de unidad nacional y celebración de elecciones libres”, tal como a partir del artículo 2 establece el Estatuto para la Transición, en todo su contenido.

Además de lo inconveniente del momento, los diputados argumentaron que el mecanismo de contratación pública de firmas privadas internacionales de profesionales, dedicadas a lo que comúnmente se ha llamado “los caza-rentas” en el argot internacional, tiene un alto componente lucrativo y especulativo, que en este caso, significaría sustanciales costos al erario público venezolano.

Destacaron el llamado al Parlamento Nacional a comprender que la fuerza institucional para el rescate de la República necesita de la coordinación con la comunidad internacional dispuesta a asumir su responsabilidad universal, prevista en distintos convenios y tratados internacionales como el R2P y el Tratado Interamericano de Asistencia Recíproca (Tiar). 

“Si esta Asamblea Nacional quisiera ser coherente con el clamor nacional del pueblo venezolano, el primer paso que daría no fuere otro que entrar ya a debatir y aprobar la autorización parlamentaria para que en el espacio territorial de nuestra patria –marino, aéreo o terrestre- se emplee una misión militar extranjera, con fines humanitarios y liberadores, tal como expresamente lo prevé el artículo 187.11 constitucional”, finalizaron. 

Más directivos Citgo sin consultar

Por otra parte, la Fracción 16J también salvó el voto en relación con la designación de la Junta Directiva de la empresa Citgo Petroleum Corporation, filial de Petróleos de Venezuela S.A, explicando que no se hicieron del conocimiento de los diputados los nombres, perfiles profesionales, hojas de servicios y demás datos personales de estos funcionarios. 

Asimismo, insistieron en la necesidad de transparencia en torno a operaciones de esa empresa, como: a) la emisión de nuevos bonos de  deuda emitidos por la Junta Directiva saliente de la empresa Citgo; b) la total ausencia en la ejecución de mecanismos legales de escogencia de contratistas y la inexistencia de un proceso de licitación en la  designación del agente financiero privado que en definitiva realizó la colocación de dicha emisión de títulos en el mercado internacional; e) la absoluta opacidad de los términos y condiciones con los que se realizó esa colocación; d) la falta de información oportuna al pleno de esta Asamblea nacional –como legítimo representante de sus principales accionistas, los ciudadanos venezolanos-  de los motivos para realizar este nuevo endeudamiento; así como, f) la injustificable desinformación hacia los integrantes de esta Fracción y el resto de los diputados de la AN sobre los criterios técnicos que fueron utilizados para distribuir las hipotéticas ayudas económicas, con el supuesto objetivo de “combatir la pandemia del COVID-19” entre  fundaciones y ONG’s, lo cual se hizo sin el previo conocimiento formal del pleno de este parlamento; entre otros aspectos medulares de tal operación de deuda pública.