Procuraduría Especial: refinanciamiento de la deuda de Citgo no está sometido al control del Parlamento
Las facultades de control de la Asamblea Nacional se extienden a contratos suscritos por órganos y entes de la Administración Pública Nacional
Redacción
La procuraduría especial que designó la AN aclaró este miércoles que el refinanciamiento de la deuda de Citgo no está sometido al control del Parlamento, porque no es una empresa constituida en Venezuela.
“El refinanciamiento de deuda de Citgo Petroleum Corporation no se somete al control autorizatorio previo de la Asamblea Nacional con fundamento en el artículo 187 de la Constitución, a diferencia de las operaciones financieras de Petróleos de Venezuela, S.A. (PDVSA). Las facultades de control de la Asamblea Nacional se extienden a contratos suscritos por órganos y entes de la Administración Pública Nacional así definidos en la Ley que regula la materia. Esto incluye a las empresas del Estado constituidas en Venezuela, como es el caso de PDVSA”, señaló la oficina a través de un comunicado.
Señalan pues que esos controles no se pueden ejercer ‘extraterritorialmente’ respecto de filiales de la petrolera fuera del país, ni sobre contratos ejecutados en el exterior que no estén relacionados con el giro o tráfico de la propia Pdvsa.
“Es por lo anterior que el refinanciamiento de la deuda de Citgo Petroleum Corporation no se somete al control de la Asamblea Nacional, en tanto Citgo está domiciliada en el extranjero y el refinanciamiento se basa en contratos suscritos y ejecutados en el extranjero, sin relación con el giro o tráfico de PDVSA”, indicaron.
“En concreto, este es el caso del refinanciamiento del Bono Citgo 2020, que fue emitido en 2016 como una deuda asegurada. Cabe acotar que la operación de refinanciamiento versa sobre la obligación original, contraída en 2016, y no sobre la garantía otorgada en su momento”, ahondaron.
Precisan que dicho argumento se ha presentado por el bono de Pdvsa 2020, porque precisamente “fue emitido por PDVSA, para supuestamente financiar operaciones propias de su giro o tráfico, pero otorgando en garantía el 50,1% de las acciones de Citgo Holding, Inc. Esa garantía fue otorgada en beneficio del giro o tráfico de PDVSA”.
“Por consiguiente, los contratos del Bono PDVSA 2020 sí se someten al control previo de la Asamblea, al ser contratos de interés público nacional suscritos por un ente de la Administración Pública Nacional domiciliado en Venezuela (PDVSA), con ocasión a su giro o tráfico, tal y como la Asamblea Nacional advirtió en Acuerdo del 27 de septiembre de 2016”, estipuló.