El Mercurio Web | Noticias, Información y Análisis

View Original

Gerardo Blyde cree que sentencia del TSJ pone en la mira a diputados de la MUD

El alcalde y constitucionalista afirma en torno al último dictamen del TSJ, pone de relieve un sofisticado andamiaje jurisprudencial construido para ser usado si fuera necesario, en defensa de la Revolución

Redacción

El alcalde de Baruta y constitucionalista, Gerardo Blyde al analizar el último dictamen del TSJ en torno a la figura del abandono del cargo del presidenteMaduro, afirma que a juzgar por el sofisticado andamiaje juriaprudencial montado, el fujimorazo podría quedar como un juego de niños en manos de quienes defienden la Revolución.

Blayde señala que el acuerdo parlamentario aprobado recientemente por la AN sobre el abandono del cargo por parte del Jefe de Estado, podría tener peligrosas implicaciones para los diputados de la Mesa de la Unidad Democrática, porque en la sentencia del TSJ es calificado como una acción constitutiva de delitos y desacato a mandamientos de amparo, mediante los cuales la misma Sala Constitucional había ordenado una serie de abstenciones y acciones a la AN.

“La sentencia presume la comisión de los delitos de conspiración para destruir la forma republicana de gobierno (en leguaje común conspiración para dar un golpe de estado), la usurpación de funciones, desviación de poder y violación de la Constitución Nacional (en lo referente al régimen atributivo de competencias) por haber declarado de manera fraudulenta el abandono del cargo; y además ordena la acumulación de esta sentencia en el expediente anterior donde se dictó el mandamiento de amparo, para establecer en la propia Sala el desacato (casos precedentes Scarano y Ceballos)”.


Así, el TSJ a través de la Sala Constitucional por los presuntos delitos, oficia al Ministerio Público, Contraloría y Procuraduría para que actúen conforme a sus competencias y se establezca la responsabilidad penal individual de cada diputado que voto (MP), y a quienes administran bienes públicos usurpando funciones, debería entenderse la nueva Junta Directiva de la AN, pues su elección es considerada por la sentencia como nula e inexistente, se insta a iniciarles procedimientos que pueden culminar con declaratorias de responsabilidad, multas e inhabilitaciones para el ejercicio de funciones públicas, destaca el abogado constitucionalista, quien advierte que teniendo todos los diputados inmunidad parlamentaria en caso de que la Sala, una vez que conste esta sentencia en el expediente del mandamiento de amparo, decida seguir adelante con el procedimiento de desacato (seguido antes a Scarano y Ceballos), tendría que que determinar en Sala Plena si proceden los antejuicios de mérito para lo cual tiene dos obstáculos a vencer: A-. El monopolio de la acción la tiene el Ministerio Público y , B- Ellos mismos declararon en juicios de Ceballos y Scarano que el desacato judicial no era ya un acción penal por lo que, ¿cómo podrían sustentar un antejuicio a diputados si no es delito penal?

Acota no obstante que pese a que esto podría verse como una ventaja para los diputados opositores, también puede constituir un gran peligro, porque el desacato, antes de los procesos de Scarano y Ceballos, era considerado un delito y cuando una sentencia era desacatada, el juez debía oficiar al Ministerio Público para que éste iniciara la acción penal. En estos juicios declararon que el mismo juez cuya sentencia cautelar haya sido desacatadapuede, oída las defensas de la parte en audiencia oral, declarar el desacato y sentenciarlo sin actuación fiscal.

Aclara que a su juicio, esta seríauna evasión al antejuicio de méritos y una violación directa a la inmunidad parlamentaria (Art. 200 constitucional). “Ya hemos visto otras decisiones de este mismo tenor”, recalcó.