TSJ declara inconstitucional Ley de Otorgamiento de Títulos de Propiedad a beneficiarios de GMVV
Expone que la Asamblea Nacional no cumplió con las formalidades esenciales del procedimiento de formación de leyes previstas en el Reglamento Interior y de Debates
Evely Orta
Como ya se esperaba, finalmente este viernes se pronunció la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declarando inconstitucional la Ley de Otorgamiento de Títulos de Propiedad a Beneficiarios de la Gran Misión Vivienda Venezuela y Otros Programas Habitacionales del Sector Público, sancionada por la Asamblea Nacional el pasado 13 de abril.
En la sentencia, la Sala Constitucional argumentó que la referida ley resulta en su conjunto inconstitucional al imponer una regresión en cuanto a la materialización del derecho a una vivienda digna, por cuanto contraviene los fines del Estado Democrático y Social de Derecho y de Justicia por no garantizar el ejercicio pleno del derecho de las familias a tener un hogar.
Agrega el fallo judicial que la Asamblea Nacional no cumplió con las formalidades esenciales del procedimiento de formación de leyes previstas en el Reglamento Interior y de Debates del Parlamento.
El TSJ en la publicación de la sentencia agregaquela decisión se produjo luego de analizar los principios constitucionales propios del Estado Social y Democrático de Derecho y de Justicia por cuanto si bien los derechos a una vivienda digna y de propiedad no son incompatibles para garantizar el primero, es preciso imponer límites a la propiedad de las viviendas de interés social para impedir que los adjudicatarios de las mismas resignen dicho derecho por razones económicas y se desvirtúe la función social para favorecer al mercado inmobiliario.