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El TSJ tiene facultad para revisar actos de órganos de rango constitucional

La presidenta del TSJ, Gladys Gutiérrez, dejó entrever en su discurso que que el Máximo Tribunal puede revisar todos los actos de los demás órganos, haciendo referencia a la Asamblea Nacional, pese a que esta institución fue  legitimada por los venezolanos a través del voto

Evely Orta

La magistrada y presidenta del Tribunal Supremo de Justicia, Gladys Gutiérrez dio inicio al acto de apertura del año judicial 2016, en su discurso Gutiérrez destacó la ausencia de la representación del Poder Legislativo.

Durante la presentación de su informe de gestión,  destacó como uno de los logros la declaración de  nulidad del decreto emitido por Estados Unidos que declaraba a Venezuela como una amenaza para su seguridad. “El 20 de febrero de 2015 la sala constitucional dictó la sentencia número 100 que dictaminó que los Estados Unidos no tiene jurisdicción alguna para sancionar leyes con aplicación en la República”.

Igualmente se refirió al tema del Esequibo “el TSJ fijó posición y rechazó movimientos que pretenden desconocer los derechos de Venezuela sobre el Esequibo”, destacó.

La Magistrada Gladys Gutiérrez fue enfática al decir que el TSJ tiene carácter supremo y puede evaluar los actos de los demás entes que tienen rango constitucional.

“Siendo el TSJ tiene carácter supremo como lo dispone el artículo 335 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, la supremacía del órgano supone la no revisibilidad de sus actos y esto porque la supremacía por definición excluye la posibilidad de recurrir a un órgano superior, en tal caso el órgano recurrido no tenía la categoría de supremo, ello así que el Tribunal Supremo tiene plena facultad para revisar los actos de los demás órganos de rango constitucional”, expuso.